EL PODER JUDICIAL DEL PODER FINANCIERO. ¿Arbitrariedad en los nombramientos del CGPJ? ¿Realizados en función de la linea jurisprudencial o en aplicación de los principios de mérito y capacidad?

[1] Los letrados del Congreso piden que se cambie el informe de la crisis porque incluye graves acusaciones

El documento dice que el Banco de España incurrió en graves irregularidades y que el supervisor y la CNMV incumplieron la normativa de consumo

Por ANTONIO MAQUEDA -ÍÑIGO DE BARRÓN 

Artículo publicado el 28 de febrero de 2019 en
 
 
Ana Oramas, presidenta de la comisión que investigó la crisis, durante una de las sesiones en octubre de 2017. ULY MARTÍN

 

Los letrados del Congreso advierten de que existen dos graves acusaciones en el informe de la comisión parlamentaria que ha analizado la crisis financiera, cuyo dictamen se vota este jueves. Una señala al Banco de España por la “grave irregularidad” de permitir que Bankia no aflorara sus pérdidas antes de salir a Bolsa. La otra acusa al supervisor y a la CNMVde “mirar a otro lado” cuando se vendieron preferentes, “incumpliendo la protección al consumidor”. Según los letrados, la comisión no puede realizar las denuncias en estos términos y pide cambiar el texto.

El dictamen de la comisión de investigación de la crisis financiera del Congreso será el último texto sometido a votación antes de disolver las Cortes. Tiene 273 páginas y aglutina las declaraciones de más de 80 ponentes que han comparecido durante año y medio de trabajo. Tras las largas negociaciones entre todos los partidos, el texto final consensuado contiene dos acusaciones que pueden traer problemas a la Cámara, según los letrados. Incluso, podría darse la posibilidad extrema de que se anulase el informe si los afectados, el Banco de España o la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV), decidieran recurrirlo ante los tribunales. No obstante, varios diputados consultados creen que ya han cambiado los responsables de estos organismos y los actuales no van a recurrir las conclusiones.

La redacción de estas acusaciones se podría haber suavizado, pero Ciudadanos se ha opuesto a la modificación y se necesita la unanimidad de todos los grupos. “Vamos a votar en contra del dictamen porque pensamos que no se establecen responsabilidades ni por la salida a Bolsa de un banco quebrado, ni por las decisiones políticas. El único párrafo en el que sí se hace es el que se ha querido cambiar”, afirma Francisco de la Torre, diputado de Ciudadanos.

Una de las frases de la polémica se recoge, a propuesta de Ciudadanos, en el folio 187: “El Banco de España incurrió en una grave irregularidad de consecuencias nefastas al permitir a Caja Madrid, Bancaja y otras cinco cajas en el llamado SIP [la agrupación de cajas] contabilizar de forma singular el deterioro existente al cierre de 2010, de 7.619 millones, contra reservas en lugar de ir a la cuenta de resultados”.

Según se desprende de este texto, el supervisor podía haber tomado una actitud más prudente cargando los saneamientos inmobiliarios contra los beneficios. Lo cual habría significado que Bankia habría entrado en pérdidas en 2010, complicándose mucho su salida a Bolsa en julio de 2011.

“Se considera que la literalidad de este párrafo no es la más adecuada en aras a respetar la doctrina constitucional”, dice el informe de los letrados. Añaden que “existen fórmulas de redacción que podrían alcanzar el objetivo político perseguido”. Sin embargo, varios portavoces de esta comisión creen que el Tribunal Constitucional se refiere al honor de las personas, y el dictamen solo habla de instituciones, que por definición no tienen honor.

Ante esta situación, el PSOE, mediante un voto particular, quería reescribirlo con la siguiente redacción: “El Banco de España incurrió en un desacierto que pudo agravar las dificultades al permitir a Caja Madrid, Bancaja y otras cinco cajas en el llamado SIP contabilizar de forma singular todo el deterioro neto existente al cierre del ejercicio 2010, de 7.619 millones de euros, contra reservas en lugar de ir a cuenta de resultados”. Es decir, sustituye “grave irregularidad” por desacierto y “consecuencias nefastas” por “pudo agravar las dificultades”.

La segunda afirmación polémica, a propuesta del PNV, figura en la página 196 y versa sobre las preferentes. “Los bancos y cajas, ahogados por la crisis financiera, encontraron en la emisión de este tipo de productos, una forma de financiación eficaz que les permitía sanear sus balances negativos, sin tener en cuenta los intereses de sus clientes, incumpliendo la normativa de protección al consumidor. Y todo ello bajo la tolerancia de los reguladores, Banco de España y CNMV, que miraron hacia otro lado”.

“Parece que se está imputando el incumplimiento de la normativa de protección al consumidor por parte de la banca, así como la inobservancia de los reguladores”, explican los letrados. El PNV estaba dispuesto a cambiar el escrito, pero el veto de Ciudadanos lo ha impedido.

Algunos diputados señalan que el Banco de España está detrás de este intento de modificar los textos, pero fuentes oficiales del supervisor lo desmienten rotundamente. En el fondo, el informe cuestiona la decisión judicial de no imputar al Banco de España en el caso Bankia. Respecto a las preferentes, dice que el Banco de España alertó en 2002 del peligro de estos productos, pero que en la crisis no impidió que se colocaran a los minoritarios, consciente de que los grandes inversores ya habían abandonado ese mercado. Previsiblemente, el Congreso aprobará este jueves una de las investigaciones más controvertidas que carga la responsabilidad, sobre todo, en los gestores y supervisores.

EL BONUS DE BANKIA QUE NO SE DEBIÓ PAGAR

El informe sobre la crisis critica al Banco de España por permitir que los directivos de Bankia se embolsasen el bonus a pesar de las maltrechas condiciones de la caja. Así consta en la página 188 del texto: “El Banco de España autorizó a Bankia a abonar la retribución variable correspondiente al ejercicio 2011 a 72 directivos en contra de la recomendación de los inspectores y aun sabiendo, o debiendo saber, que estos bonus no guardaban relación con la realidad contable de la entidad”, sostienen las conclusiones del documento, propuestas por los partidos y votadas una a una de forma que solo se recogen las que lograban una mayoría suficiente.

El Congreso pide que se elabore un Estatuto del Inspector de Entidades, una reclamación histórica de este cuerpo para preservar la independencia en su trabajo. El informe defiende que los inspectores “advirtieron correctamente y a tiempo del riesgo de quiebra” de Bankia. Incluso, se reclama la “implantación de mecanismos que garanticen la transparencia en los procesos y en la toma de decisiones” del Banco de España, con “la publicación inmediata de todos los informes, valoraciones, circulares, avisos y sanciones” sobre entidades y auditoras.

 

SUMARIO:

[1] Los letrados del Congreso piden que se cambie el informe de la crisis porque incluye graves acusaciones, por ANTONIO MAQUEDA -ÍÑIGO DE BARRÓN 

[2] Jueces a dedo para el PP, por Elisa Beni

[3] La Fiscalía investiga la falsificación del acta que propuso a Pablo Llarena, por Juez Fernando Presencia

[4] Juezas y Jueces para la Democracia denunció irregularidades en el ascenso de Llarena en el Supremo, por Redacción

[5] El Supremo se saltó sus normas al ascender a Llarena y adjudicarle la causa contra el procés, por CARLOS ENRIQUE BAYO / PATRICIA LÓPEZ

[6] Pablo Llarena fue designado instructor del Procés a pesar de ser el último de la lista, por Juez Fernando Presencia

[7] Pablo Llarena , un juez con antecedentes, por LOS GENOVESES 

[8] Falsificada el acta que propuso a Pablo Llarena como Magistrado del Tribunal Supremo, por Juez Fernando Presencia

[9] Ocultado el voto particular en el acta falsificada que propuso a Pablo Llarena, por Juez Fernando Presencia

[10] La relación entre Llarena y Rouco, un acusado por corrupción, por Juez Fernando Presencia

[11] La mujer de Pablo Llarena aparece implicada en un caso de soborno, por Juez Fernando Presencia

[12] El presidente del Tribunal del ‘procés’, vinculado a una empresa que en tres años facturó 400.000 euros, por Juez Fernando Presencia

[13] Manuel Marchena, presidente del Tribunal del Procés, “socio” del abogado que denunció a Puigdemont, por  Juez Fernando Presencia

[14] Margarita Robles fue denunciada ante la UDEF por organizar cursos con dinero de Ausbanc, por Juez Fernando Presencia

[15] Pablo Llarena manipuló el número de identificación de la causa del Procés, por Juez Fernando Presencia

[16] Los manejos para que Pablo Llarena fuera el instructor del Procés, por Juez Fernando Presencia

[17] Denunciado por plagio uno de los vocales judiciales que amparó a Pablo Llarena, por Juez Fernando Presencia

 

 

[2] Jueces a dedo para el PP

Por Elisa Beni

Articulo publicado el 2 de marzo de 2019 en: 

https://www.eldiario.es/zonacritica/Jueces-dedo-PP_6_873572642.html

 

A veces nos hemos referido a cómo los nombramientos de altos cargos del CGPJ están viciados de un interés y politización que acaba creando órganos infectados

 

El edificio del CGPJ, situado en la calle Marqués de la Ensenada en Madrid EFE

«El mundo era tan reciente, que muchas cosas carecían de nombre, y para mencionarlas había que señalarlas con el dedo»

Gabriel García Márquez. Cien años de soledad

Nos distraemos con facilidad. Todos. A veces obligados por la enormidad del lugar hacía el que es obligado dirigir los focos. Otras veces distraídos por la ligereza, por la agilidad del juego de manos de un trilero moviendo sus cubiletes. Nos distraemos, pero mientras, otros no pierden comba. En materia judicial todas estas reflexiones son especialmente válidas y así, mientras todos los redobles de tambor apuntan hacia un lateral de la Plaza de la Villa de París, en la que el Tribunal Supremo desarrolla un juicio explosivo y polémico que atrae todas las miradas, los juegos de malabares en los otros dos extremos de la misma plaza, los ocupados por el Consejo General del Poder Judicial y la Audiencia Nacional, no pierden ocasión para seguir surfeando las normas en apariencia y en fondo y siempre a favor de los mismos.

Muchas veces nos hemos referido a cómo los nombramientos de altos cargos judiciales por parte del CGPJ están viciados de un interés y una politización que acaba creando órganos infectados. Esta denuncia siempre diferencia entre esos cargos y la mayoría de los puestos jurisdiccionales que están sometidos al concurso regido por la antigüedad, de manera que es el escalafón el que determina quien cubre las vacantes y, por tanto, que dificulta sobre manera manipular qué juez estará en cada lugar. Resulta un inconveniente para los intereses y los manejos de muchos, sobre todo en órganos que acumulan la mayor parte de los casos que interesan al poder. Eso sucede, y no les sorprenderá, en la Audiencia Nacional. Por eso voy a salirme hoy del foco del Supremo, para explicarles cómo mientras ni Lesmes ni Espejel, alias querida Concha, ni sus adlateres han perdido el tiempo estos días para lograr colocar a quien han deseado en el tribunal que juzgará los papeles de Bárcenas y todas las demás piezas que quedan de la Gürtel y también en el juzgado en el que se instruye el caso Villarejo y todas las derivadas como el espionaje del BBVA, el caso Lezo y la Púnica entre otras jugosas causas.

Hubo muchos candidatos para esos puestos a dedo. A fin de cuentas, en la AN ya no se corre el riesgo de que te maten -lo que reducía mucho las ganas de postularse- y, sin embargo, existen grandes posibilidades de que los focos se posen en ti y en tu carrera. Como les digo, toda la chicha judicial está en los alrededores. Esto es lo que le ha pasado a la magistrada Maria Fernanda García, quien hace un año declaraba al diario Jaén, «Tengo la inquietud de progresar»,y que al parecer la ha encauzado tan bien que meses después ha pasado a ser la ponente de todas las causas de Gürtel que están pendientes de enjuiciamiento. ¡Que tomen nota todos los sufridos jueces enterrados en sentencias y cuyo número de escalafón, como el de María Fernanda (el 1.994) no les daría desde luego para ese vertiginoso giro! Quien no tiene padrinos, no se bautiza. Ella ha sido preferida a su competidora más directa, Teresa Quesada, que está en el puesto 695 ¡pero que son 1300 puestos en antigüedad! Y es que, según le relata Concepción Espejel a la Permanente de Lesmes, lo importante en estos casos no es la antigüedad, que es experiencia, sino que su candidata preferida ya ha manejado materias que son competencia de la Audiencia Nacional como… Menores. Sí, han leído bien. Menores. Cierto es que la AN tiene un juzgado de Menores del que ¿recuerdan su último caso? Menores.

Así que Espejel pone en primer lugar a su candidata, Lesmes y su clan restringido lo aprueban -o a la inversa, que también podría ser- e inmediatamente ésta adscribe a su nuevo fichaje a la Sección Segunda, la que tiene todos los casos Gürtel y dicta este viernes una providencia para meterla en esos tribunales y nombrarla ponente de los Papeles de Bárcenas. Todo de una tacada. Esta maniobra supone, como muy bien decía ayer la periodista Alicia Gutiérrez, el séptimo cambio de tribunal para esa causa. El séptimo. Para meter a la nueva, Espejel ha tenido que sacar fuera a un magistrado con plaza en la Sala, Fernando Andreu, como también se arregló para sacar a José Ricardo de Prada, ponente de la sentencia que precipitó la caída del Gobierno Rajoy. Ambos progresistas, pura casualidad, y bestias negras para el PP.

Espero que no se hayan perdido, porque no es la única jugada que nos han hecho detrás del telón. Hay otro movimiento en el Juzgado Central número 6, el que lleva el Caso Villarejo y el Caso Lezo y el espionaje del BBVA y tantas otras cosas. Tantas, que el juez que tuvo que volver de Roma -Nacho González, dixit- está agobiado y precisado de ayudas que también se buscan por la vía de la comisión a dedo.

Después de la misteriosa salida de su refuerzo Diego de Egea, justito justito cuando se filtró que estaba estudiando dejar en libertad a Villarejo, se volvieron a pedir voluntarios para ir a ese juzgado. Fíjense bien, se piden voluntarios para puestos a dedo en juzgados que ya sabemos qué casos llevan. Lo mismo que antes. 

En esta ocasión también se han nombrado a otro bisoño miembro de la conservadora APM, con unos diez años en la carrera judicial, y que durante los mismos fue propulsado directamente a puestos,también a dedo, como jefe de la Sección de Personal del CGPJ. Poco tiempo ha pasado en el juzgado de Fuenlabrada en el que está como JAT,o sea, sin puesto en propiedad. Debe ser otro caso claro de los que tienen «inquietud por progresar», porque le ha ganado la designación para el refuerzo a Rosa Freire, una magistrada con 29 años de experiencia pero que tal vez tiene la pega, tal vez, de haber sido la instructora del caso de la destrucción de los ordenadores del PP a martillazos que ha conseguido llevarlo hasta su enjuiciamiento.

Para hacer esta elección, alegan que Abascal ya estuvo seis meses de refuerzo en ese juzgado, y que lo conoce, pero es que cuando le nombraron la primera vez debió ser por su cara bonita, porque no existía ese mérito que alegar. Total, que la Freire lo va impugnar, a ver que le dice el Supremo pero mientras, Abascal está en el sitio donde le quieren tener. El chico iba en las listas para vocal de la fallida renovación del CGPJ y, qué quieren, puestos a no estar en un costado de la Plaza de la Villa de París, tampoco está mal el otro. Todo es el cogollo.

Espero que no se hayan perdido. Es todo muy sencillo. Siempre encuentra fanfarrias jurídicas y pantallas reglamentarias para justificar lo que desean. Actúan en un mundo en el que ni el resto de la carrera judicial repara, ¡los pobres, bastante tienen con sobrevivir a su chinificación continua!, y sobre el que es difícil poner el foco ante los ciudadanos, por su complejidad y enrevesamiento.

Son las puertas de atrás. Esas por las que se controla. A veces va un bocazas y lo escribe en un mensaje y estalla, pero ha pasado y sigue pasando. Curiosamente a favor de los mismos. Los que mandan. Los de siempre. Ahora sigamos dejando que nos cieguen las luces. Eso al menos, nos entretiene. 

 

[3] La Fiscalía investiga la falsificación del acta que propuso a Pablo Llarena

Por Juez Fernando Presencia
 
Artículo publicado el 28 de febrero de 2019 en
 

 

Las investigaciones se iniciaron a raíz de una denuncia presentada contra el abogado de extrema derecha Santiago Milans del Bosch por un supuesto delito de lo que antes se llamaba prevaricación de abogados

 

La Fiscalía ha decidido finalmente investigar la trama de corrupción judicial descubierta con ocasión de las informaciones publicadas por Diario 16, sobre la falsificación de las decisiones tomadas en la Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) del día 14 de enero de 2016, entre cuyos acuerdos se encontraba  la composición de la terna de los candidatos para un puesto de magistrado de la Sala 2ª del Tribunal Supremo, entre ellos Pablo Llarena, y de la terna de los candidatos para la presidencia del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha (TSJCLM),  en la que figuraba un sobrino del Cardenal Rouco Varela denunciado por corrupción, Vicente Rouco Rodríguez.

Según ha podido saber este periódico, las investigaciones se iniciaron a raíz de una denuncia presentada contra el abogado de extrema derecha Santiago Milans del Bosch, por un supuesto delito de lo que antes se llamaba prevaricación de abogados, cuando fue contratado por el Presidente del  TSJCLM con ocasión de la impugnación de la ya famosa acta de la Comisión Permanente (en el recurso identificado a lápiz en el documento al que ha tenido acceso Diario 16)  a sabiendas de que también era el defensor de la parte contraria en el mismo procedimiento.

La sorpresa vino de la mano del Procurador Jacobo De Gandarillas Martos al reconocer por escrito que «quien estaba detrás de la confección de los escritos evacuados para la defensa de Vicente Rouco Rodríguez era, en realidad, el abogado especializado en temas administrativos y judiciales, Santiago Milans Del Bosch y no el abogado que aparecía oficialmente en las actuaciones, Juan Molins Otero», lo que según la denuncia podría suponer la comisión de un delito del artículo 467.1 del Código Penal, que castiga al abogado o procurador que, habiendo asesorado o tomado la defensa o representación de alguna persona, sin el consentimiento de ésta defienda o represente en el mismo asunto a quien tenga intereses contrarios.

Hay que tener en cuentaque Vicente Rouco ya había sido denunciado por delitos relacionados con la corrupción ante la Sala 2ª del Tribunal Supremo, lo que obligó a Carlos Lesmes a hacerle entrega precipitadamente de la medalla de San Raimundo de Peñafort antes de que fuera admitida a trámite la querella, consiguiendo con ello el archivo anticipado de las actuaciones penales. Por esa misma razón, la terna para cubrir la presidencia del TSJ de Castilla La Mancha era la más vulnerable de todas las que se decidieron en la Permanente del día 14 de enero del año 2016.

La amistad entre PabloLlarenaVicenteRouco Carlos Lesmes venía de hace tiempo, y se consolidó cuando el primero con ayuda del segundo alcanzó la presidencia de la asociación mayoritaria de jueces, la conservadora y todopoderosa APM (Asociación Profesional de la Magistratura), en enero de 2013. En noviembre de 2015 Pablo Llarena se presentó a la reelección, para un periodo de dos años más en el cargo de presidente de la asociación, mientras su amigo Vicente Rouco trataba de convencer al otro candidato para que tirara la toalla y se integrara en una candidatura “de consenso” liderada por Llarena, pero no lo consiguieron. El paso siguiente fue la candidatura a un puesto de Magistrado en la Sala 2ª del Tribunal Supremo, que esta vez sí que se consiguió.

Era evidente entonces que, si había que protegerse del escándalo que podía provocar el voto particular de la vocal Nuria Díaz Abad, había que hacerlo protegiendo en primer lugar la terna del TSJ de Castilla La Mancha por ser la más vulnerable de todas, según ha desvelado Diario 16.

Por esa razón se sacaron del acta del día 14 los acuerdos sobre la composición de las ternas para la plaza de presidente de los TSJ de Andalucía, Castilla-León, Castilla-La Mancha, Comunidad Valenciana y Cataluña, que se llevaron a un acta de una inexistente Comisión Permanente supuestamente celebrada dos días antes, lo que era físicamente imposible porque el día 12 de enero las entrevistas duraron toda la tarde/noche y no hubo tiempo para realizar ningún informe, ni debatirlo.

Por otro lado, decidieron amortizar la candidatura del amigo íntimo de Lesmes, Fernando Román, que no tenía ninguna posibilidad en esa convocatoria,yprotegieron la candidatura de Pablo Llarena colocando el voto particular en el acuerdo 1.1.2., el referido a la terna para cubrir la plaza de magistrado de lo contencioso administrativo.

Además, para evitar cualquier posibilidad de que el voto particular pudiera ser utilizado en la impugnación de los demás acuerdos, se “desactivó” haciéndolo constar con un simple “voto en contra”, sin más detalle, ocultando en el acta su verdadero contenido, con lo que se vulneró el derecho de la vocal disidente a que se reflejara en el acta la opinión que había expresado, impidiendo también el derecho de los legitimados a pedir la nulidad de todos los acuerdos adoptados  ese día por la Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial, sin tan siquiera poder denunciar ante los tribunales de justicia la evidente falsedad que se acababa de consumar.

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[4] Juezas y Jueces para la Democracia denunció irregularidades en el ascenso de Llarena en el Supremo

Por Redacción

Artículo publicado el 14 de septiembre de 2018 en
 
El magistrado Pablo Llarena (Cabalar / EFE)

La asociación consideraba que la promoción del hoy instructor de la causa del 1-O se hizo “sin respetar los principios de mérito y capacidad establecidos en la Constitución”

La asociación Juezas y Jueces para la Democracia (JJpD) presentó un recurso en 2016 contra el proceso de ascenso del juez Pablo Llarena, el instructor de la causa del proceso independentista, a la cúpula del Tribunal Supremo. Según la información que hoy pública el diario Público, la demanda un conjunto de irregularidades en la promoción de Llarena que habrían vulnerado la ley, el propio reglamento del Alto Tribunal e incluso la Constitución.

Según las misma información, este ascenso se habría producido presuntamente para lograr que finalmente fuera Llarena el instructor de la causa especial contra los políticos independentistas, ya que todo el procedimiento habría ido orientado a que el juez ocupase la vacante de la Sala Segunda del TS, la que instuye los casos especiales de políticos aforados.

En la denuncia se impugnó, entre otros, la exclusión de 8 de los 13 candidatos al puesto que obtuvo Llarena

La información apunta a que inicialmente la Sala Segunda del Supremo excluyó a 8 de los 13 candidatos a la plaza que finalmente fue para Llarena. También recoge un pleno del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) en el que tanto una vocal, María Concepción Sáez Rodríguez, como el hoy ministro del Interior, Fernando Grande-Marlaska, votaron en blanco sobre la designación alegando estar disconformes en cómo se habían escogido la terna de jueces que había nombrado a Llarena.

En concreto, la asociación JJpD impugnaba y pedía la anulación de la designación de Llarena al considerar que ésta se había hecho “sin respetar los principios de mérito y capacidad establecidos en el artículo 23 de la Constitución Española”. En total, consideraba que se habían vulnerado los artículos de la Ley Orgánica del Poder Judicial, tres artículos de su Reglamento de nombramientos del propio Tribunal Supremo, y otros tres artículos de la Constitución.

El recurso de JJpD fue inadmitido casi un año después sin entrar en el fondo del asunto, alegando entre otras que las asociaciones judiciales no debían actuar como “guardianes” de estas designaciones. Asimismo, la información añade que la posterior designación de Llarena en la causa del procés también fue irregular porque, no se habría seguido el turno que debía corresponder. Según un acuerdo de la Sala de Gobierno del Supremo sobre la composición de las salas del tribunal, otros cinco jueces estaban por delante de Llarena.

 

[5] El Supremo se saltó sus normas al ascender a Llarena y adjudicarle la causa contra el procés

Por CARLOS ENRIQUE BAYO / PATRICIA LÓPEZ 

Artículo publicado el 13 de septiembre de 2018 en
 
Pablo Llarena Conde, magistrado de la Sala Segunda del Supremo encargado de instruir la causa contra los políticos separatistas catalanes. / EP

El nombramiento de Pablo Llarena como magistrado de la Sala Segunda del Supremo fue tan irregular que la asociación Jueces para la Democracia presentó una demanda pidiendo su anulación por vulnerar la Ley, el reglamento del Tribunal y hasta la Constitución. Menos de un año después se le asignaba la instrucción del proceso contra los políticos soberanistas catalanes quebrantando claramente las normas de reparto de las Causas Especiales aprobadas por ese mismo Alto Tribunal.

La designación del juez Pablo Llarena Conde para instruir la Causa Especial del Supremo contra los políticos independentistas catalanes aforados parece haber sido predeterminada desde que cesó como presidente de la conservadora Asociación Profesional de la Magistratura (APM), en noviembre de 2015. Al menos, eso es lo que indican las maniobras que hizo el Poder Judicial a partir de ese momento para que llegara hasta aquí.

El enmarañado ascenso de Llarena comenzó el 14 de enero de 2016 en la Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) donde se decidió la terna que lo propondría como candidato a la Sala Segunda del Tribunal Supremo, la que se encarga de las causas especiales como las que afectan a imputados electos que gozan de aforamiento. Una de las vocales de esa Permanente, la abogada del Estado Nuria Díaz Abad, manifestó su voto particular en contra de la treta por la que el presidente del CGPJ y del Supremo, Carlos Lesmes, había dispuesto que fuera sustituido por su vicepresidente, Ángel Juanes.

Lesmes pretendía alejarse de decisiones que atañían a varios de sus más íntimos amigos, como Fernando Román, Vicente Rouco –sobrino del cardenal Rouco Varela– y el propio Llarena, al que Rouco ya había ayudado a ganar la presidencia de la APM tres años antes. Pero la protesta de la abogada del Estado Díaz Abad, sacudió esa comisión y Lesmes tuvo que renunciar a imponer a Román como presidente del Tribunal Superior (TSJ) de Castilla-La Mancha.

No obstante, sí se nombró (entre otras) la terna que propondría el ascenso de Llarena al Supremo. Y dos semanas después se reunió el Pleno del CGPJ para decidir ese nombramiento a la Sala Segunda, bajo la sombra de la primera irregularidad en la Permanente: Juanes no conocía ni se había entrevistado con ninguno de los candidatos, así que no actuaba por conocimiento propio, sino siguiendo las órdenes de Lesmes. De hecho, en el acta de esa reunión se omitió el contenido del voto particular de Díaz Abad y sólo se constató su «voto en contra».

Para aupar a Llarena a la Sala Segunda del Supremo se excluyó a 8 de los 13 candidatos a la plaza vacante

Por tanto, en el Pleno del 28 de enero se suscitó una nueva discusión sobre el procedimiento por el que se había llegado a la propuesta de Llarena para la plaza, ya que de entrada se había decidido excluir a ocho de los trece candidatos al puesto, atendiendo a un contradictorio informe del Director del Gabinete Técnico que argumentó que los magistrados que superaron las pruebas de selección requeridas cuando ya ostentaban el cargo de juez debían ser excluidos de la selección.

El argumento jurídico era tan bizantino –basado en la Disposición Adicional Tercera de la Ley Orgánica 7/2015, de 21 de julio, que modificó la LOPJ 6/1985– que una de las vocales del Pleno, María Concepción Sáez Rodríguez, intervino para pedir que se retirara del orden del día ese punto y se reconsiderara la exclusión de los jueces solicitantes que superaron las pruebas de magistrado especialista en 2011, antes de que se modificara el reglamento.

El presidente del CGPJ tuvo que dar la razón a Sáez Rodríguez (vocal a propuesta de Izquierda Unida), en cuanto al fondo de la cuestión: que los magistrados excluidos por la Comisión Permanente superaron de hecho unas pruebas de especialización tan exigentes o más que las realizadas por los que sí fueron aceptados. Pero adujo que al haber sido anuladas por el Supremo (en su sentencia sobre «exceso reglamentario» de 19.7.2013) no podían considerarse a efectos de cumplimiento de requisitos.

Hasta Fernando Grande-Marlaska –hoy ministro del Interior– manifestó en aquel Pleno su conformidad con la petición de la vocal Sáez, exponiendo claras razones de defensa de los principios de igualdad, mérito y capacidad, y del derecho de promoción profesional. Igual que otro de los asistentes (Álvaro Cuesta Martínez) tomó la palabra para recordar que ya se opuso a la composición de la terna en su momento y que después de estas intervenciones seguía albergando dudas.

En cualquier caso, se planteó la votación y el nombramiento de Llarena ganó por mayoría simple, con los votos en blanco tanto de la vocal Sáez como de Grande-Marlaska. Más aún, Sáez Rodríguez formuló voto particular, del cual no existe constancia documental alguna en Internet (aunque sí figuraba en el acta); sólo una escueta mención en el Acuerdo del Pleno de que ha formulado tal voto.

Jueces para la Democracia recurre el ascenso de Llarena

Tras estudiar a fondo tan polémica decisión, la asociación Jueces para la Democracia interpuso, el 18 de marzo de 2016, recurso contencioso-administrativo contra el ascenso de Llarena al Supremo, en defensa de los derechos legales y constitucionales de los magistrados excluidos en la selección de la Permanente:

Jueces para la Democracia (JxD) presentó a la Sala Tercera del Supremo una exhaustiva demanda de 31 folios –a la que ha tenido acceso Público en la que detalla los antecedentes del articulado de la Ley Orgánica del Poder Judicial; tres sentencias del Supremo que avalan la postura de Sáez y de Grande-Marlaska; los diversos recursos y sentencias relativas al Reglamento 2/2011 de la Carrera Judicial; y la Disposición adicional tercera de la Ley Orgánica 7/2015, de 21 de julio, por la que se modifica la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial.

El nombramiento de Llarena al Supremo «se hace sin respetar los principios de mérito y capacidad establecidos en el artículo 23 de la Constitución»

En los «fundamentos de derecho», expone: «La ASOCIACIÓN JUECES PARA LA DEMOCRACIA tiene legitimación activa para impugnar el acto recurrido, referido a la cobertura de un puesto judicial de nombramiento discrecional vacante en el Tribunal Supremo, por considerar que se hace sin respetar los principios de mérito y capacidad establecidos en el artículo 23 de la Constitución Española».

También recuerda JxD la sentencia del pleno de la Sala Tercera del Supremo que «estableció, a propósito del recurso de una de ellas contra el nombramiento del Fiscal General del Estado, que ese interés [el de las asociaciones de jueces] comprende, además de los aspectos estrictamente profesionales, aquellos otros relativos al marco en el que los tribunales administran justicia».

En cuanto a los motivos del recurso, subraya que el artículo 62.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, «establece como causa de nulidad de pleno derecho de los actos de las administraciones públicas el que lesionen los derechos y libertades susceptibles de amparo constitucional«. En consecuencia:

 El ascenso de Llarena vulneró dos artículos de la LOPJ, tres artículos de su Reglamento y tres artículos de la Constitución

Es decir, el proceso para ascender a Llarena al Supremo vulnera dos artículos de la Ley Orgánica del Poder Judicial, tres artículos de su Reglamento de nombramientos, la Base Primera de la convocatoria para cubrir la plaza, y otros tres artículos de la Constitución Española. Es sorprendente que se violen tantas leyes y normas con el único fin de poner a un juez determinado al frente de la Sala Segunda del TS, la que entiende de los casos especiales de políticos aforados.

Jueces para la Democracia incluso rebate extensamente todos y cada uno de los cinco argumentos fundamentales que aduce el CGPJ para excluir a los candidatos que superaron las pruebas después anuladas y concluye que su exclusión contradice la finalidad de las bases, tendente a cumplir los criterios legales de idoneidad y especialización (art. 326.1 LOPJ)».

Sin embargo, la Sección Sexta de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Supremo inadmite casi un año después –en su sentencia 396/2017– el recurso de Jueces para la Democracia, sin entrar siquiera en el fondo del asunto, puesto que alega premisas tan peregrinas como que «no puede admitirse que las asociaciones [de jueces] actúen como guardianes abstractos de la legalidad».

La sentencia no estudia en absoluto la presunta vulneración de todas las leyes y normativas antes citadas, sino que se limita a desautorizar a Jueces para la Democracia como parte personada, asegurando que «los alegatos de la
actora [la asociación de jueces] son genéricos y no justifican el interés legítimo de la asociación»:

 

Siete meses después de su ascenso, Llarena es designado instructor de la causa contra el procés soberanista

Sólo siete meses después de esta drástica inadmisión de la demanda de la asociación de jueces contra el ascenso de Llarena al Supremo, la Sala de lo Penal de ese mismo Alto Tribunal, presidida por Manuel Marchena y conformada por los otros cuatro magistrados que conformaban la Sala de Admisión, decidió «designar Instructor, conforme al turno establecido, al Magistrado de esa Sala Excmo. Sr. D. Pablo Llarena Conde», en la querella del Fiscal General del Estado contra la presidenta del Parlament de Catalunya, Carme Forcoadell i Lluís, y otros cinco miembros de la Mesa del Parlament, todos aforados.

Y, nuevamente, el Poder Judicial vulneró sus propios reglamentos, esta vez para poner a Llarena al frente de la causa general contra el procés, en la que han acabado imputados el expresident, Carles Puigdemont, el exvicepresident, Oriol Junqueras, y los demás parlamentarios catalanes actualmente en prisión o en el exilio.

Porque no sólo es falso que se designe a Llarena instructor «conforme al turno establecido», sino que este juez era el último de la lista de todos los magistrados del Supremo a os que correspondía esa causa, por antigüedad. Es decir, había otros cinco jueces por delante de Llarena, que debían haber recibido el encargo de instruir esa causa, en cumplimiento de lo dispuesto por el Acuerdo de la Sala de Gobierno, de 21 de diciembre de 2016, relativo a la composición y funcionamiento de las Salas y Secciones del Tribunal Supremo y asignación de ponencias que deben turnar los magistrados en el año 2017.

Dicho Acuerdo dispone –tal como publica el BOE del 30 de diciembre de 2016 en la página 91617 y siguientes– que cuando haya que designar instructor de una Causa Especial (con aforados) debe procederse del siguiente modo:

«Cuando proceda nombramiento de Instructor, su designación se efectuará siguiendo el orden de antigüedad, excluido el Presidente y los Magistrados que formen las Salas de Admisión y de Recursos. Los turnos se recuperarán una vez que dejen de formar parte de dichas Salas.«

Llarena no sólo no era el primero para el turno de designación, sino el último, con 5 jueces por delante

Por tanto, una vez excluidos el presidente Marchena, los cuatro magistrados de la Sala de Admisión y los tres de la Sala de Recursos, había que designar al más antiguo de los jueces que conforman la Sala Segunda del Tribunal Supremo. Ese escalafón de antigüedad lo facilita el propio Acuerdo de la Sala de Gobierno, y queda patente que Llarena no sólo no era el más antiguo, sino que estaba en el último lugar por antigüedad.

Por tanto, por delante de él se debía haber designado instructor de la causa, «conforme al turno establecido», sucesivamente a los magistrados: 1) José Ramón Soriano Soriano, 2) Miguel Colmenero Menéndez de Luarca, 3) Antonio del Moral García, 4) Andrés Palomo del Arco, y 5) Ana María Ferrer García. Y sólo después le tocaría a Llarena, que era el más recientemente promovido al Supremo.

En conclusión, a pesar de que el Acuerdo establece un procedimiento absolutamente reglado para designar el Instructor de las Causas Especiales que deban incoarse en la Sala Segunda del Tribunal Supremo, esa normativa ha sido vulnerada flagrantemente por el Ponente de la Sala de Admisión y Presidente de la Sala Segunda, Manuel Marchena, al designar al último, en vez de al primero, de los magistrados según el turno establecido por antigüedad.

Es obvio que tal designación ha sido arbitraria e injustificada, apartándose de lo que se dispone en el Acuerdo, sin que se exponga justificación alguna que permita argumentar por qué no se designa al magistrado que, en estricta observación de las regladas normas de reparto, sería el instructor correspondiente: Don José Ramón Soriano Soriano.

Todo lo contrario, no sólo no se recurre al primero de los magistrados hábiles en atención al orden de antigüedad, sino que se salta directamente al sexto (y último) de estos magistrados. Y, para más inri, en el auto firmado por los cinco jueces de la Sala de lo Penal, se proclama que esa designación se efectua «conforme al turno establecido», lo cual es notoriamente falso.

¿Por qué tanto empeño en poner a Llarena al frente de la causa contra el procés? ¿Valía la pena arriesgarse a tomar decisiones sospechosamente rayanas en la prevaricación? El tiempo lo dirá.

 

[6] Pablo Llarena fue designado instructor del Procés a pesar de ser el último de la lista

Por Juez Fernando Presencia
 
Artículo publicado el 30 de agosto de 2018 en
 
 

 

Pablo Llarena era el último de los candidatos posibles –según las propias Normas de Reparto– para instruir las causas contra aforados debido precisamente a su inexperiencia, y sin embargo el presidente de la Sala 2ª del Tribunal Supremo, Manuel Marchena, permitió su designación como juez instructor en la causa que ha procurado la crisis política más grave de toda la historia de nuestra democracia reciente.

Este error en la designación del inexperto Pablo Llarena como juez instructor de la causa del Procés se debió a una falta de previsión de Manuel Marchena, que desde que llegó a la presidencia de la Sala 2ª ha diseñado mal la composición de la sala de admisiones y la sala de apelaciones en las causas penales contra aforados.

Las Normas de reparto de la Sala 2ª del Tribunal Supremo previenen que en las causas penales contra aforados existan dos salas distintas, según se trate de conocer la admisión a trámite de las diligencias de investigación (Sala de admisión) o de los recursos contra las resoluciones del magistrado instructor (Sala de recursos). Aparte se establece un turno riguroso de antigüedad para la designación del magistrado instructor, y para la designación de los ponentes de las dos salas.

Está claro que en la composición de las distintas salas debería tenerse la precaución de no impedir que la designación del magistrado instructor recaiga en el que más experiencia tiene de todos los que componen la Sala 2ª, tal y como por lo demás se ordena taxativamente en las Normas de Reparto, evitando el nombramiento del más inexperto.

Sin embargo Manuel Marchena lo hizo al revés. Nombró a los magistrados más antiguos para integrar las dos Salas de admisión y de recursos, lo que no era ni preceptivo ni conveniente, dejando para la designación del magistrado instructor a los más inexpertos.

En la fecha de la admisión a trámite de la querella de la fiscalía por la causa del Procés, el orden de antigüedad de los magistrados integrantes de la Sala 2ª del Tribunal Supremo era el siguiente:

  • Andrés Martínez Arrieta.
  • Julián Artemio Sánchez Melgar.
  • Miguel Colmenero Menéndez de Luarca.
  • Francisco Monterde Ferrer.
  • Juan Ramón Berdugo Gómez de la Torre.
  • Luciano Várela Castro.
  • Alberto Gumersindo Jorge Barreiro.
  • Antonio del Moral García.
  • Andrés Palomo del Arco.
  • Ana María Ferrer García.
  • Pablo Llarena Conde.

Como se puede comprobar, Pablo Llarena era el más inexperto de todos los componentes de la Sala 2ª del Tribunal Supremo, y por tanto el último de la lista de todos los magistrados disponibles, y sin embargo el presidente de la Sala 2ª del Tribunal Supremo, Manuel Marchena, permitió su designación como juez instructor en la causa que ha procurado la crisis política más grave de toda la historia de nuestra democracia reciente.

 

[7] Pablo Llarena , un juez con antecedentes

Un repaso subjetivo a su biografía no oficial

Por LOS GENOVESES 

Artículo publicadoel 23 de septiembre de 2018

 

LLarena. Fundacion URJC 2012

 

Tras las biografías no oficiales de Manuel Marchena Gómez,Presidente de la Sala II del Tribunal Supremo, Miguel Colmenero Menéndez de Luarca y de Francisco Monterde Ferrer , magistrados también de esa misma Sala, hoy finalizamos esta serie con Pablo Llanera Condeprobablemente el más conocido de los 4 que comparte con sus colegas la Sala de Admisión del Tribunal Supremo que deberá en breve decidir sobre la exposición motivada que la jueza Rodríguez Medel les ha remitido el pasado 6 de agosto para que el aforado Pablo Casado Blanco sea investigado por cohecho y prevaricación. Vamos a ello

La familia y los estudios

Nacido en Burgos el 26 de enero de 1963. Tras estudiar Derecho en la Escuela Universitaria de Burgos adscrita a la Universidad de Valladolid (1981-1986) ejerció como abogado durante apenas 2 años para a continuación preparar las oposiciones a la judicatura cosa que logra en 1989 obteniendo el número 1 de su promoción.  Su primer destino es el juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 1, Torrelavega. Más adelante seguiremos con su trayectoria. 

En cuanto a su familia, al igual que sus colegas de la Sala de Admisión Colmenero y Monterde, también Llarena tiene antecedentes en la judicatura y el derecho. Desde su padre Juan Jesús Llarena Chave , magistrado por el IV turno que acabó formando parte de  Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León pasando por su madre María del Carmen Conde Vivar, que finalizó su carrera como Letrada de la Administración de Justicia (antiguo cuerpo de Secretarios Judiciales de la Jurisdicción Laboral) en la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, hasta su mujer, Gema Espinosa Conde, también nacida en Burgos, compañera de carrera de su marido y desde 1990, primero como fiscal  y posteriormente como magistrada en los juzgados de primera instancia e instrucción de Reinosa y Lerma. Ascendió a magistrada en 1991 siendo destinada a los juzgados de Barakaldo, Santa Coloma de Gramenet y Barcelona. En el 2007, fue nombrada magistrada de la Audiencia Provincial de BarcelonaDesde julio de 2013 a septiembre del 2018 ha sido directora de la Escuela Judicial situada en Vallvidriera (Barcelona). sustituyendo a la magistrada Roser Bach, quien renunció al cargo para ser vocal del CGPJ.  En la actualidad trabaja en la Audiencia Provincial de Barcelona y según varios medios de comunicación optará a un puesto de vocal con vistas a la renovación del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) cuyo mandato de cinco años vence el próximo mes de diciembre de 2018.

Tras estos apuntes familiares continuamos con Llarena. Según el último escalafón publicado de la carrera judicial cerrado a 31 de marzo del 2018 ocupa el número 79 con un total 28 años 9 meses y 10 días en servicio activo de los que 4 ha estado en servicios especiales. Desde su primer destino en Torrelavega ha estado en el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción n.º 8 de Burgos, Juzgado de Instrucción n.º 31 de Barcelonamagistrado a la sección sexta de la Audiencia Provincial de Barcelona y Presidente de la Audiencia Provincial de Barcelona. También ha ejercido de jefe de formación inicial y de letrado del Consejo General del Poder Judicial.

Polémica designación como Magistrado del Tribunal Supremo

En enero del 2016, coincidiendo como Ministro Rafael Catalá, fue designado magistrado de la Sala Segunda del Tribunal Supremo por el Pleno del Consejo General del Poder JudicialSu nombramiento fue recurrido vía contencioso administrativo en marzo del 2016 por la asociación Juezas y Jueces para la Democracia alegando que su designación vulneraba dos artículos de la Ley Orgánica del Poder Judicial, tres artículos de su Reglamento de nombramientos, la Base Primera de la convocatoria para cubrir la plaza, y otros tres artículos de la Constitución Española. Según los denunciantes el origen del contencioso tiene su origen en la Comisión Permanente del Consejo donde se decidió la terna que lo propondría como candidato a la Sala a pesar de que una vocal se opuso por varias cuestiones, entre otras, las relacionadas con la probada amistad entre Lesmes Presidente del CGPJ  que se había ausentado con varios de los candidatos y el propio Llarena. En el Pleno del 28 de enero se debatió sobre el procedimiento por el que se había llegado a la propuesta de Llarena para la plaza, ya que de entrada se había decidido excluir a ocho de los trece candidatos al puesto. Tras una tensa discusión el nombramiento de Llarena obtuvo  16 de los 21 votos del Pleno, frente a uno conseguido por Enrique López y otro para Leopoldo Puente. Tres vocales votaron en blanco. El 27 de marzo de 2017 la Sala III del Tribunal Supremo desestimó por falta de legitimidad el recurso de Jueces y Juezas para la Democracia

Instructor Procés

El 31 de octubre del 2017, tras admitir la querella de la Fiscalía contra Carme Forcadell i Lluis, Presidenta del Parlament de Cataluña y otros cinco miembros de la Mesa, la Sala de lo Penal presidida por Manuel Marchena y los magistrados Andrés Martínez Arrieta, Julián Sánchez Melgar, Juan Ramón Berdugo Gómez de la Torre y Luciano Varela Castro, decidió “ designar Instructor, conforme al turno establecido, al Magistrado de esta Sala Excmo. Sr. D. Pablo Llarena Conde, a quien se le comunicará dicha designación a los efectos oportunos”Su designación como instructor también ha estado marcada por la polémica dada la interpretación que Marchena hizo del Acuerdo de la Sala de Gobierno, de 21 de diciembre de 2016, relativo a la composición y funcionamiento de las Salas y Secciones del Tribunal Supremo y asignación de ponencias que deben turnar los magistrados en el año 2017. En este caso se designó al magistrado con menor antigüedad (Llarena) frente a otros 5 que estaban por delante de el.

Presidente Asociación Profesional de la Magistratura (2013-2015)

Tras ejercer previamente como Portavoz de esta conservadora asociación Llarena fue elegido en enero del 2013 Presidente del APM durante el XX Congreso Nacional celebrado Madrid en sustitución de Jesús Chamorro quién había dimitido meses antes por motivos personales. 

En la votación participaron 178 compromisarios de toda España en representación de los 1.400 afiliados de la APM, mayoritaria en la carrera judicial. Llarena obtuvo 104 votos frente a  los 69 de Eloy Velasco, titular del Juzgado de Instrucción número 6 de la Audiencia Nacional. El Congreso fue clausurado por el entonces Ministro de Justicia, Alberto Ruiz-Gallardón.

Participación en cursos y seminarios organizados por Faes

Como viene siendo un práctica habitual entre un buen número de jueces y fiscales conservadores también Pablo Llarenaha sido invitado y ha aceptado participar activamente en este selecto “think tank” de la Fundación del Partido Popular que ahora preside Pablo Casado. En este enlace se pueden consultar los detalles de su participación en 5 de estos encuentros ideológicos. En 2 de ellos su nombre figura como Ponente y en otros 3 como asistente. Su participación en los años 2010, 2012, 2013 y 2014 coincide con su etapa como Presidente de la Audiencia Provincial de Barcelona y parte de su mandato como Presidente de la APM. Entre los asistentes, además de magistrados de reconocido talante ultraconservador como Adolfo Prego, participaron varios numerarios del Opus Dei (Andrés OlleroJosé Luis RequeroFederico Trillo) y varios dirigentes del Partido Popular: Alberto Ruiz-Gallardón, ex Ministro de Justicia; Ignacio Cosidó Gutiérrez, actual Portavoz del PP en el Senado. También figura el ex fiscal de la Audiencia Nacional Jesús Santos Alonso, abogado defensor del PP en la PS 1 Época de Gürtel por la que esta formación ha sido condenada por beneficiarse a titulo lucrativo de los dineros opacos del Grupo Correa.

Conferenciante multiuso

Como también hemos venido informando la participación de miembros de la judicatura en todo tipo de Seminarios, Cursos, Conferencias etc. es una practica tan habitual como lo es ponerse la toga. En el caso que nos ocupa, además de su presencia en FAES, Llarena ha sido noticia por su presencia como conferenciante en actos organizados por patrocinadores no vinculados a la justicia. Es el caso de su intervención el pasado 22 de febrero en las “II Jornadas sobre delitos económicos y responsabilidad penal de las empresas”, celebradas en Oviedo y organizadas por Autosa BMW. En estas jornadas estuvo acompañado por el magistrado de la Sala de Apelación de la Audiencia Nacional Enrique López y por Antonio del Moral, colega suyo en la Sala Segunda. Dos meses después en el Teatro Liceo de Salamanca, organizado por“BMW ‘Tormes Motor”pronunció otra conferencia en la “II Jornada sobre Delitos Económicos y Responsabilidad Penal de las Empresas”. También estuvieron allí el catedrático de Derecho Penal de la Universidad de Oviedo, Javier Gustavo Fernández y los magistrados antes citados Antonio del Moral García y Enrique López López.

Y como tercer ejemplo hemos seleccionado su participación en los cursos de la UCM que se celebran en el Escorial. En concreto su participación en julio del 2018 en una mesa redonda sobre política y justicia centrado en el papel de las asociaciones judiciales. 

Retribuciones

Al igual que sus compañeros de Sala el salario bruto anual referido al año 2017 ascendió a 109.072,40 € a lo que habría que añadir la antigüedad. En este caso unos 10 trienios. Asimismo como otros muchos miembros de la judicatura pueden percibir una contraprestación económica por su participación en seminarios, cursos y master. La cantidad varía según la categoría del conferenciante. Según informaciones publicadas en diferentes medios “el caché” medio de un magistrado del Tribunal Supremo podría situarse sobre los 1000 €. por   acto.

Epilogo

Tras este rápido repaso a su biografía no oficial y ya para finalizar hemos tomado prestado unas palabras suyas que pronunció precisamente en esa mesa redonda de el Escorial que sitúan al personaje “entre lo quese  dice y lo que se hace”: 

“Si la interpretación de una norma la hicieran solo magistrados de izquierda radical o de derecha radical esa interpretación no sería reconocida por toda la sociedad. Por lo que en los órganos colegiados se analizan los perfiles ideológicos, eso se hace en todos los países. Pero hay que hacerlo no desde el servilismo político sino de la forma de pensar de los jueces además de otros parámetros como la excelencia, la trayectoria, etcétera”. 

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[8] Falsificada el acta que propuso a Pablo Llarena como Magistrado del Tribunal Supremo

Por  Juez Fernando Presencia

Artículo publicado el 4 de septiembre de 2018 en
https://diario16.com/falsificada-acta-propuso-pablo-llarena-magistrado-del-tribunal-supremo/
 

Fueron los propios integrantes de la Comisión Permanente del CGPJ los que hicieron públicas sus dudas acerca de la validez de los acuerdos adoptados el día 14 de enero de 2016, entre cuyas decisiones se encontraba la composición de la terna que llevaría a Pablo Llarena a la Sala 2ª del Tribunal Supremo

Los propios vocales integrantes de la Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) fueron los que divulgaron a los medios de comunicación sus dudas acerca de la validez de los Acuerdos adoptados el 14 de enero de 2016, entre cuyas decisiones se encontraba  la composición de la terna que llevaría a la Sala 2ª del Tribunal Supremo a Pablo Llarena.

Las decisiones que se tomaron ese día en la Permanente consistieron en la aprobación de la composición de dos ternas de candidatos para el Tribunal Supremo, una para un puesto de magistrado de la Sala Segunda de lo Penal entre cuyos nombres se encontraba el de Pablo Llarena, y otro de la Sala Tercera de lo contencioso administrativo en la que figuraba Fernando Román – amigo íntimo del presidente del CGPJ, Carlos Lesmes-.

Ese mismo día quedaron conformadas también las ternas de los candidatos para las presidencias de los Tribunales Superiores de Justicia (TSJs) de Andalucía, Castilla-León, Castilla-La Mancha (en la que figuraba un sobrino del Cardenal Rouco Varela que ya entonces había sido denunciado por corrupción, Vicente Rouco Rodríguez), y también de los TSJs de la Comunidad Valenciana y Cataluña.

Las dudas acerca de la validez de los acuerdos adoptados por la Comisión Permanente de fecha 14 de enero traían causa de la indebida utilización del mecanismo de la sustitución por parte del Presidente  Lesmes a favor del Vicepresidente Juanes, que todo daba a entender que se hizo en fraude de Ley.

Lesmes quería que en una de las ternas se incluyera a su amigo Fernando Román. Y para “despejar” cualquier sombra de duda sobre su “imparcialidad” no se le ocurrió otra cosa que delegar su voto en Juanes, quien por otra parte no había asistido a una sola de las entrevistas, ni había tenido conocimiento previo de los expedientes de los candidatos. Por eso Juanes necesitaba “instrucciones” para votar en el sentido en el que lo hizo.

Era evidente que Lesmes tenía que abstenerse pero se equivocó en el modo elegido para su sustitución, ya que la “delegación de voto” perpetuaba en el mandatario las causas de abstención del mandante, provocando la nulidad de todos los acuerdos alcanzados ese día por la Comisión Permanente.

Por esa razón,  una de las vocales que componían la Comisión Permanente ese día, la abogada del Estado Nuria Díaz Abad, puso en tela de juicio el modo empleado por Carlos Lesmes para su sustitución, que aprovechó la ocasión para desplazarse a París para asistir a la apertura del Año Judicial de la Corte de Casación francesa.

Es a partir de las objeciones de Díaz Abad cuando saltaron todas las alarmas, pues el descubrimiento del fraude no solamente ponía en peligro la composición de la terna en la que se había incluido a Fernando Román, sino que podía hacer estallar todo el sistema, salpicando la nulidad a todos las ternas que se habían constituido ese día, nada menos que 7, de las cuales 5 correspondían a la provisión de vacantes de presidente de los TSJs de Andalucía, Castilla-León, Castilla-La Mancha, Comunidad Valenciana y Cataluña.

Es entonces cuando, ya de vuelta Carlos Lesmes de su viaje a París, actuó la perversa maquinaria de la transparencia en la documentación de los actos del Consejo General del Poder Judicial.

La intervención de Nuria Díaz Abad se hizo constar en el acta del día 14 con un simple “voto en contra”, sin más detalle, y solo en referencia al acuerdo 1.1.2., la composición de la terna en la que se incluyó a Fernando Román. Pero además, para evitar cualquier peligro de contagio a las demás ternas y “salvar los muebles” se sacaron del acta del día 14 los acuerdos sobre la composición de las ternas para la plaza de presidente de los TSJs de Andalucía, Castilla-León, Castilla-La Mancha, Comunidad Valenciana y Cataluña, que se llevaron a un acta de una inexistente Comisión Permanente supuestamente celebrada dos días antes, lo que era físicamente imposible porque el día 12 de enero las entrevistas duraron toda la tarde/noche y no hubo tiempo para realizar ningún informe, ni debatirlo.

De esta forma ya no había peligro de que el sistema se derrumbara, aunque fuera a costa de haberse cometido un delito de falsedad en documento público y oficial que colocaría bajo sospecha a todos los acuerdos adoptados por el CGPJ los días 12 y 14 de enero de 2016, entre ellos la propuesta de nombramiento de Pablo Llarena Conde como candidato a la plaza de Magistrado de la Sala 2ª del Tribunal Supremo.

 

[9] Ocultado el voto particular en el acta falsificada que propuso a Pablo Llarena

Por  Juez Fernando Presencia

Artículo publicado el 9 de septiembre de 2018 en
https://diario16.com/ocultado-voto-particular-acta-falsificada-propuso-pablo-llarena/
 

 

Después del revuelo que causó la inmediata divulgación pública sobre las “dudas en las decisiones tomadas en la Permanente” del CGPJ del día 14 de enero de 2016, entre cuyos acuerdos se encontraba la composición de la terna que llevaría a Pablo Llarena a la Sala 2ª del Tribunal Supremo, se hizo desaparecer del acta el voto particular de la vocal Nuria Díaz Abad

La misma tarde de aquel jueves 14 de enero de 2016 un medio de comunicación hacía públicas las “dudas en las decisiones tomadas en la Permanente” del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) ese día, entre cuyos acuerdos se encontraba la composición de la terna que llevaría a Pablo Llarena a la Sala 2ª del Tribunal Supremo.

El revuelo fue inmediato. Una de las vocales que componían la Comisión Permanente, la abogada del Estado, Nuria Díaz Abad, puso en tela de juicio la presencia de Juanes, sustituyendo al presidente del CGPJ y del TS, Carlos Lesmes, que se había desplazado a París para asistir a la apertura del Año Judicial de la Corte de Casación francesa.

Díaz Abad no compartía la interpretación que se había hecho de la Ley Orgánica del Poder Judicial para permitir la cuadratura de ese círculo, y así lo expuso al comienzo de la sesión en la que tenían que aprobarse la composición de dos ternas de candidatos para el Tribunal Supremo, una para un puesto de magistrado de la Sala Segunda de lo Penal entre cuyos nombres se encontraba el de Pablo Llarena, el que fuera presidente de la todopoderosa APM y otro de la Sala Tercera de lo contencioso administrativo en la que figuraba Fernando Román – amigo íntimo del presidente del CGPJ, Carlos Lesmes-.

Ese mismo día quedaron conformadas también las ternas de los candidatos para las presidencias de los Tribunales Superiores de Justicia (TSJs) de Andalucía, Castilla-León, Castilla-La Mancha (en la que figuraba un sobrino del Cardenal Rouco Varela que ya entonces había sido denunciado por corrupción, Vicente Rouco Rodríguez), y también de los TSJs de la Comunidad Valenciana y Cataluña.

Fue a partir de que se hiciera público el voto particular de Díaz Abad cuando saltaron todas las alarmas, porque el descubrimiento del fraude no solamente ponía en peligro la composición de la terna en la que se había incluido a Fernando Román, sino que podía hacer estallar todo el sistema, salpicando la nulidad a todas las ternas que se habían constituido ese día, incluidas las de Pablo Llarena y la de Vicente Rouco Rodríguez.

Hay que tener en cuenta que el sobrino del Cardenal Rouco Varela acababa de ser denunciado por corrupción ante la misma Sala 2ª del Tribunal Supremo, lo que obligó a Lesmes a hacerle entrega precipitadamente de la medalla de San Raimundo de Peñafort antes de que fuera admitida a trámite la querella, consiguiendo con ello el archivo anticipado de las actuaciones penales.

Por esa razón, la terna para cubrir la presidencia del TSJ de Castilla La Mancha era la más vulnerable de todas las que se decidieron en la Permanente del día 14 de enero del año 2016.

La amistad entre Pablo LlarenaVicente Rouco Carlos Lesmes venía de hace tiempo, y se consolidó cuando el primero con ayuda del segundo alcanzó la presidencia de la asociación mayoritaria de jueces, la conservadora y todopoderosa APM (Asociación Profesional de la Magistratura), en enero de 2013. En noviembre de 2015 Pablo Llarena se presentó a la reelección, para un periodo de dos años más en el cargo de presidente de la asociación, mientras su amigo Vicente Rouco trataba de convencer al otro candidato para que tirara la toalla y se integrara en una candidatura “de consenso” liderada por Llarena,pero no lo consiguieron. El paso siguiente fue la candidatura a un puesto de Magistrado en la Sala 2ª del Tribunal Supremo, que esta vez sí que se consiguió.

Era evidente entonces que, si había que protegerse del escándalo que podía provocar el voto particular de la vocal Nuria Díaz Abad, había que hacerlo protegiendo en primer lugar la terna del TSJ de Castilla La Mancha por ser la más vulnerable.

Por esa razón se sacaron del acta del día 14 los acuerdos sobre la composición de las ternas para la plaza de presidente de los TSJ de Andalucía, Castilla-León, Castilla-La Mancha, Comunidad Valenciana y Cataluña, que se llevaron a un acta de una inexistente Comisión Permanente supuestamente celebrada dos días antes, lo que era físicamente imposible porque el día 12 de enero las entrevistas duraron toda la tarde/noche y no hubo tiempo para realizar ningún informe, ni debatirlo.

Por otro lado, decidieron amortizar la candidatura del amigo íntimo de Lesmes, Fernando Román, que no tenía ninguna posibilidad en esa convocatoria, y protegieron la candidatura de Pablo Llarena colocando el voto particular en el acuerdo 1.1.2., el referido a la terna para cubrir la plaza de magistrado de lo contencioso administrativo.

Además, para evitar cualquier posibilidad de que el voto particular pudiera ser utilizado en la impugnación de los demás acuerdos, se “desactivó” haciéndolo constar con un simple “voto en contra”, sin más detalle, ocultando en el acta su verdadero contenido, con lo que se vulneró el derecho de la vocal disidente a que se reflejara en el acta la opinión que había expresado, impidiendo también el derecho de los legitimados a pedir la nulidad de todos los acuerdos adoptados  ese día por la Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial, sin tan siquiera poder denunciar ante los tribunales de justicia la evidente falsedadque se acababa de consumar.

FALSIFICADA EL ACTA QUE PROPUSO A PABLO LLARENA COMO MAGISTRADO DEL TRIBUNAL SUPREMO

 

[10] La relación entre Llarena y Rouco, un acusado por corrupción

Por Juez Fernando Presencia
 
Artículo publicado el 10 de octubre de 2018 en
https://diario16.com/la-relacion-llarena-rouco-acusado-corrupcion/
 

A pesar de que no existe ningún tipo de implicación directa del juez Llarena en los procedimientos irregulares del proceso del chalet del fiscal de Talavera, sí que hay una conexión entre sus protagonistas

El presidente del Tribunal Superior de Justicia de Castilla La Mancha (TSJCLM) fue denunciado ante la Sala 2ª del Tribunal Supremo por su actuación en la causa del chalet ilegal construido por el Fiscal de Talavera, Ángel Demetrio de la Cruz Andrade, en la zona policía del cauce de un arroyo en la provincia de Toledo y que provocó que se dictara orden de demolición por parte de la Confederación Hidrográfica del Tajo (CHT). Esto obligó a Carlos Lesmes a hacerle entrega de manera precipitada la medalla de San Raimundo de Peñafort antes de que fuera admitida a trámite la querella, consiguiendo con ello el archivo anticipado de las actuaciones penales. Por esa razón, la terna para cubrir la presidencia del TSJ de Castilla La Mancha era la más vulnerable de todas las que se decidieron en la Permanente del día 14 de enero del año 2016.

La amistad entre Pablo Llarena, Vicente Rouco y Carlos Lesmes venía de hace tiempo y se consolidó cuando el primero, con ayuda del segundo, alcanzó la presidencia de la asociación mayoritaria de jueces, la conservadora y todopoderosa APM (Asociación Profesional de la Magistratura), en enero de 2013.

En noviembre de 2015 Pablo Llarena se presentó a la reelección para un periodo de dos años más, mientras su amigo Vicente Rouco trataba de convencer al otro candidato para que tirara la toalla y se integrara en una candidatura «de consenso» liderada por Llarena, pero no lo consiguieron. El paso siguiente fue la candidatura a un puesto de Magistrado en la Sala 2ª del Tribunal Supremo, que esta vez sí que se consiguió.

Era evidente que, si había que protegerse del escándalo que podía provocar el voto particular de la vocal Nuria Díaz Abad, había que hacerlo protegiendo en primer lugar la terna del TSJ de Castilla La Mancha por ser la más vulnerable, según ha desvelado Diario 16.

Por esa razón se sacaron en el acta del día 14 los acuerdos sobre la composición de las ternas para la plaza de presidente de los TSJ de Andalucía, Castilla-León, Castilla-La Mancha, Comunidad Valenciana y Cataluña, que se llevaron a un acta de una inexistente Comisión Permanente supuestamente celebrada dos días antes, lo cual era físicamente imposible porque el día 12 de enero las entrevistas duraron toda la tarde/noche y no hubo tiempo para realizar ningún informe ni para debatirlo.

Por otro lado, decidieron amortizar la candidatura del amigo íntimo de Carlos Lesmes, Fernando Román, que no tenía ninguna posibilidad en esa convocatoria y protegieron la candidatura de Pablo Llarena colocando el voto particular en el acuerdo 1.1.2., el referido a la terna para cubrir la plaza de magistrado de lo contencioso administrativo.

Además, para evitar cualquier posibilidad de que el voto particular pudiera ser utilizado en la impugnación de los demás acuerdos, se «desactivó» haciéndolo constar con un simple «voto en contra», sin más detalle, ocultando en el acta su verdadero contenido. Esto vulneró el derecho de la vocal disidente a que se reflejara en el acta la opinión que había expresado, impidiendo también el derecho de los legitimados a pedir la nulidad de todos los acuerdos adoptados ese día por la Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial sin tan siquiera poder denunciar ante los tribunales de justicia la evidente falsedad que se acababa de consumar.

 

[11] La mujer de Pablo Llarena aparece implicada en un caso de soborno

Por  Juez Fernando Presencia

Artículo publicado el 11 de septiembre de 2018 en
 
 
El juez Pablo Llarena en una conferencia de FAES

El asunto de ‘la hija de Marchena’ coloca a la mujer de Pablo Llarena, Gema Espinosa Conde, en una posición jurídica muy comprometida si fuera elegida vocal del Consejo General del Poder Judicial.

La Comisión de Selección, un órgano tripartito que conforman máximos representantes del CGPJ y de la escuela judicial – cuya directora es la mujer de Pablo Llarena–, la Fiscalía General del Estado y el Ministerio de Justicia, que son los que organizan las oposiciones a jueces y fiscales, este mes de julio pasado tomó la polémica decisión de crear una plaza de fiscales sin tener competencia para ello y con la finalidad exclusiva de favorecer a la hija del presidente de la Sala 2ª del Tribunal Supremo, Sofía Marchena, que perdió la oportunidad de acceder a la carrera judicial con su promoción al encontrarse enferma, apareciendo ambas mujeres de esta forma como protagonistas de lo que parece claramente que fue un soborno.

Al tomar la decisión ilegal de crear una plaza de fiscales que no estaba prevista en la convocatoria de las oposiciones, la mujer de Pablo Llarena podría haber cometido además un delito de nombramiento ilegal de funcionario público del artículo 405 del Código Penal que castiga a la autoridad o funcionario público que, en el ejercicio de su competencia y a sabiendas de su ilegalidad, propusiere, nombrare o diere posesión para el ejercicio de un determinado cargo público a cualquier persona sin que concurran los requisitos legalmente establecidos para ello.

El problema no es solo que exista una laguna en la ley como se justifica desde la Comisión de Selección, sino que además de no existir ningún apoyo legal para crear una plaza más de las previstas en la convocatoria de oposiciones para la carrera fiscal, dicha práctica está prohibida por las normas de la convocatoria y contraviene lo que dispone el artículo 301 de la LOPJ, que obliga a la Comisión de Selección a distribuir a los candidatos aprobados de acuerdo con las plazas convocadas para una y otra carrera, sin que esté autorizada a redistribuir entre las dos carreras las plazas previamente asignadas.

La importancia de todo este asunto estriba en el hecho de que la mujer del Juez Pablo Llarena, Gema Espinosa Conde, forma parte de esa Comisión de Selección en su condición de Directora de la Escuela Judicial. Y la sospecha de la comisión por su parte de un presunto delito de nombramiento ilegal de funcionario público para supuestamente favorecer a la hija del presidente de la Sala 2ª del Tribunal Supremo, le coloca en una posición jurídica muy comprometida si fuera elegida vocal del Consejo General del Poder Judicial al aparecer vinculada de esta forma también a un soborno.

Más de 300 jueces han dado su apoyo a la esposa de Pablo Llarena para ser candidata a vocal en el próximo mandato del Consejo General del Poder Judicial. La jueza, proveniente del Audiencia provincial de Barcelona, ha recogido 309 avales en un proceso donde el requisito eran 25 avales de colegas en activo o el de una asociación judicial.

El problema que ahora se le va a plantear al Parlamento de la Nación, que es a quien le corresponde en última instancia el nombramiento de los vocales judiciales (10 a propuesta del Congreso y 10 a propuesta del Senado), es cómo va a sortear las sospechas que van a planear entre el nombramiento ilegal de Pablo Llarena como instructor de la causa del procés y lo que a todas luces parece como el pago de ese favor, creando una plaza de fiscales también ilegalmente para favorecer a la hija de Manuel Marchena, de quien dependía en última instancia el nombramiento de instructor.

Como ya ha publicado este diario, Pablo Llarena era el último de los candidatos posibles – según las propias Normas de Reparto– para instruir las causas contra aforados debido precisamente a su inexperiencia, y sin embargo el presidente de la Sala 2ª del Tribunal Supremo, Manuel Marchena, permitió su designación como juez instructor en la causa que ha procurado la crisis política más grave de toda la historia de nuestra democracia reciente.

Las Normas de reparto de la Sala 2ª del Tribunal Supremo previenen que en las causas penales contra aforados existan dos salas distintas, según se trate de conocer la admisión a trámite de las diligencias de investigación (Sala de admisión) o de los recursos contra las resoluciones del magistrado instructor (Sala de recursos). A parte se establece un turno riguroso de antigüedad para la designación del magistrado instructor, y para la designación de los ponentes de las dos salas.

Está claro que en la composición de las distintas salas debería tenerse la precaución de no impedir que la designación del magistrado instructor recayera en el que más experiencia tuviera de todos los que componen la Sala 2ª, tal y como por lo demás se ordena taxativamente en las Normas de Reparto, evitando el nombramiento del más inexperto.

Sin embargo Manuel Marchena lo hizo al revés. Nombró a los magistrados más antiguos para integrar las dos Salas de admisión y de recursos, lo que no era ni preceptivo ni conveniente, dejando para la designación del magistrado instructor a los más inexpertos.

Pero es que además, en el caso de Pablo Llarena él no era el único magistrado del Tribunal Supremo disponible para instruir la causa del Procés según las Normas de Reparto del año 2017, ya que también estaba liberada de las Salas de Admisión la magistrada Ana María Ferrer García, que es a quien realmente le correspondía la designación al ser la más antigua de los dos. Si a esta circunstancia le unimos lo del asunto de “la hija de Marchena”, la sospecha de que pudo cometerse prevaricación en la designación de Pablo Llarena como instructor del Procés está servida.

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[12] El presidente del Tribunal del ‘procés’, vinculado a una empresa que en tres años facturó 400.000 euros

Por  Juez Fernando Presencia
 
Artículo publicado el 21 de diciembre de 2018 en

La empresa editorial “Ediciones Jurídicas Castillo de Luna SL” de la que Manuel Marchena forma parte de su Consejo Editor, y es además su marca, facturó en los años 2015, 2016 y 2017 la cantidad total de 400.000 euros

Las relaciones de Manuel Marchena, presidente de la Sala 2ª del Tribunal Supremo y ponente del juicio al ‘procés’, con la empresa “Ediciones Jurídicas Castillo de Luna SL” no están nada claras, y deberían de investigarse por el Consejo General del Poder Judicial.

Esta empresa, dedicada a  la edición, distribución y venta de libros especializados en Ciencias jurídicas, se constituyó en el año 2014 por el Catedrático de Derecho Procesal y Abogado Nicolás González-Cuéllar Serrano(amigo íntimo de Manuel Marchena), quien figura formalmente en el Registro Mercantil como administrador único de la sociedad. Hasta ahora todo normal.

El problema es que esta empresa editorial se ha dedicado casi exclusivamente en estos cuatro años de funcionamiento a la edición y publicación únicamente de los libros escritos por 3 de los miembros de su Consejo Editorial, del que, además de González-Cuéllar, también forman parte entre otros el catedrático de Derecho Procesal, Vicente Gimeno Sendra, y el actual presidente de la Sala 2ª del Tribunal Supremo, Manuel Marchena Gómez.

De esta forma, podríamos decir que tanto Nicolás González-Cuéllar, como Vicente Gimeno Sendra y también Manuel Marchena, son en realidad editores de sus propias publicaciones. Y si esto puede no suponer ningún problema para los dos catedráticos, sin embargo para el presidente de la Sala 2ª del Tribunal Supremo va a representar un verdadero quebradero de cabeza, porque, si bien Manuel Marchena puede ser autor de libros y publicaciones, y puede celebrar sobre ellos contratos de edición con terceros, sin embargo, por ser miembro de la carrera judicial no puede ser su propio editor. Si a ello le añadimos que la empresa editorial “Ediciones Jurídicas Castillo de Luna SL” de la que Manuel Marchena forma parte de su Consejo Editor, y es además su marca, facturó en los años 2015, 2016 y 2017 la cantidad total de 400.000 euros, la polémica está servida.

El artículo 417 de la Ley Orgánica del Poder Judicial (LOPJ) sanciona como falta muy grave, pudiendo estar castigada con la expulsión de la carrera judicial, el ejercicio de cualquiera de las actividades incompatibles con el cargo de juez o magistrado establecidas en el artículo 389 de la misma ley, donde se menciona expresamente “el ejercicio de toda actividad mercantil, por sí o por otro” y “las funciones de Director, Gerente, Administrador, Consejero, socio colectivo o cualquier otra que implique intervención directa, administrativa o económica en sociedades o empresas mercantiles, públicas o privadas, de cualquier género”, entre cuyas funciones se encuentra desde luego la de quien es miembro del consejo editorial de una empresa de edición.

Por esta misma razón, por llevar a cabo “una actividad empresarial en toda regla” ha sido expulsado de la carrera fiscal Emilio Valerio Martínez de Muniaín, ex teniente fiscal de Madrid, como consecuencia de las constantes denuncias del abogado Sebastián Gómez Marfil.

Hay que tener en cuenta que, no es la primera vez que Manuel Marchena (procedente también de la carrera fiscal) ha utilizado la figura de miembro del consejo editor para vincularse con una empresa editorial. Según el periódico digital eldiario.es, lo hizo también cuando fue miembro del consejo editorial de Vocento (vinculado a la fundación FAES de José María Aznar) participando en la redacción de los editoriales del grupo.

 

[13] Manuel Marchena, presidente del Tribunal del Procés, “socio” del abogado que denunció a Puigdemont

Por  Juez Fernando Presencia

Artículo publicado el 21 de enero de 2019 en
https://diario16.com/manuel-marchena-presidente-del-tribunal-del-proces-socio-del-abogado-denuncio-puigdemont/
 

 

La empresa del abogado que denunció a Puigdemont, que facturó en los años 2015, 2016 y 2017 más de 400.000 euros, utiliza como su marca editorial el nombre del magistrado de la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo “Manuel Marchena”

Hace una semana, la magistrada de la Audiencia Nacional María Tardón rechazaba las querellas interpuestas por Vox y la Asociación Movimiento 24DOS contra la jueza belga que citó al instructor del procés, Pablo Llarena, en el marco de la causa contra Carles Puigdemont, varios de sus consejeros, y el abogado Gonzalo Boyé por delitos de rebelión, contra la paz e independencia del Estado, prevaricación judicial, usurpación de funciones, falso testimonio,  falsedad documental y estafa procesal.

El Movimiento 24DOS es una asociación presidida por el catedrático de Derecho Procesal en la Universidad de Castilla-La Mancha y socio director del despacho González-Cuéllar Abogados, y entre su equipo directivo figuran también el ex fiscal de la Audiencia Nacional Ignacio Gordillo y el ex juez de la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo, Adolfo Prego.

Nicolás González-Cuéllar y Gonzalo Boyé ya se vieron antes las caras con ocasión del juicio que acabaría con la condena del Juez del ‘caso Blesa’, Elpidio Silva, donde el primero representaría a Díaz Ferrán – que en ese momento ejercía la acusación particular– y el segundo era el abogado defensor de el magistrado entonces acusado de prevaricación. La posterior inhabilitación a la que fue condenado el magistrado fue luego ratificada por el Tribunal Supremo en mayo del año 2015, en una sentencia de la que fue ponente Manuel Marchena, que hacía unos meses que había sido ascendido al cargo de presidente de su Sala de lo Penal.

Precisamente, y como viene publicando en exclusiva Diario 16, el problema que está representando el Movimiento 24DOS para la viabilidad de la causa del ‘Procés’ es el vínculo mercantil que mantienen el presidente de esa asociación y el actual presidente de la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo. Lo que, según fuentes jurídicas consultadas, permitiría además revisar todos los juicios presididos por Manuel Marchena en los que hubiera intervenido como letrado Nicolás González-Cuéllar, y entre ellos el que acabó con la confirmación de la condena del Juez Elpidio Silva.

Como ya ha publicado este diario, Nicolás González-Cuéllar figura como socio único de la empresa “Ediciones Jurídicas Castillo de Luna SL”, que se constituyó en el año 2014 coincidiendo con el nombramiento de Manuel Marchena como presidente de la Sala Segunda del Tribunal Supremo, y que en los tres años siguientes (desde el año 2015 al 2017) facturó más de 400.000 euros.

El problema es que las relaciones de Manuel Marchena con la empresa “Ediciones Jurídicas Castillo de Luna SL” no están nada claras, y deberían de investigarse por el Consejo General del Poder Judicial.

Esta empresa editorial se ha dedicado casi exclusivamente en estos cuatro años de funcionamiento a la edición y publicación únicamente de los libros escritos por 3 de los miembros de su Consejo Editorial, del que, además de González-Cuéllar, también forman parte entre otros el catedrático de Derecho Procesal, Vicente Gimeno Sendra, y el actual presidente de la Sala 2ª del Tribunal Supremo, Manuel Marchena Gómez.

De esta forma, podríamos decir que tanto Nicolás González-Cuéllar, como Vicente Gimeno Sendra y también Manuel Marchena, son en realidad editores de sus propias publicaciones. Y si esto puede no suponer ningún problema para los dos catedráticos, sin embargo para el presidente de la Sala 2ª del Tribunal Supremo va a representar un verdadero quebradero de cabeza, porque, si bien Manuel Marchena puede ser autor de libros y publicaciones, y puede celebrar sobre ellos contratos de edición con terceros, sin embargo, por ser miembro de la carrera judicial no puede ser su propio editor. Si a ello le añadimos que la empresa editorial “Ediciones Jurídicas Castillo de Luna SL” de la que Manuel Marchena forma parte de su Consejo Editor, y es además su marca, facturó en los años 2015, 2016 y 2017 más de 400.000 euros, la polémica está servida.

Si lo anterior no fuera suficientemente grave, todo da a entender además que Manuel Marchena no ha escrito los libros de esa editorial que aparecen con su nombre, o no todos ellos. Todos los libros en los que aparece como coautor el presidente de la Sala Segunda del Tribunal Supremo, que son 4 (1/3 del total de las publicaciones de “Ediciones Jurídicas Castillo de Luna SL”), fueron publicados en un solo año, en el 2015 con una diferencia a veces de un solo mes, y alguno de ellos sobre materias (como el proceso civil o la ley orgánica del poder judicial) que no son ni de lejos la especialidad de Marchena, que proviene de la carrera fiscal.

De ello se deduce que la relación de Manuel Marchena con Nicolás González-Cuéllar no es la propia de un autor con su editor, sino que va mucho más allá, quedando sumergida en el vínculo de las relaciones mercantiles, donde son varios los socios “de hecho” y solo uno de ellos aparece formalmente como “hombre de paja” en el Registro Mercantil.

 

[14] Margarita Robles fue denunciada ante la UDEF por organizar cursos con dinero de Ausbanc

Por  Juez Fernando Presencia

Artículo publicado el 5 de noviembre de 2018 en
 

 

En la denuncia presentada ante la UDEF se afirma que el CGPJ colaboró en la organización de los Cursos de Ausbanc “dando la apariencia de que las Jornadas estaban organizadas y bendecidas por ese órgano Constitucional”

Diario16 ha tenido acceso a una denuncia presentada ante la UDEF donde se afirma que el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) colaboró en la organización de los Cursos de Ausbanc a través de los entonces vocales judiciales Margarita Robles Fernández y Manuel Almenar Belenguer.

Según la denuncia, el CGPJ colaboró en la organización de los cursos de Ausbanca través del denominado Foro de la Justicia, donde se canalizarían los vínculos y relaciones de Luis Pineda —que sigue encarcelado por extorsionar a bancos y particulares a cambio de no dañar su imagen— con jueces y magistrados en cuyos órganos podrían recaer pleitos que interponía en nombre de sus consumidores.

Además de estos foros, Ausbanc contaba con revistas y publicaciones en las que colaboraban miembros de la judicatura. De hecho, en algunas cartas enviadas a entidades financieras Pineda pedía publicidad con el argumento de que jueces «que meten multas» escribían en sus publicaciones.

La denuncia presentada ante la Unidad de Delitos Económicos y Financieros afirma que la Jornada inaugural de los Cursos de Ausbanc tuvo lugar en Marbella, los días 11 a 13 de marzo de 2010. «En esta primera Jornada se promocionaba el “Foro de la Justicia” y las actividades de “Consumeralia”». Llama la atención que unas jornadas de jueces fuesen organizadas, precisamente, en Marbella, uno de los puntos con mayor índice de criminalidad de España.

En esta primera Jornada inaugural se dedicaba una mesa redonda a la «Nueva Oficina Judicial y Otras Reformas de la Justicia», que era el tema «estrella» del CGPJ en aquella época liderado por su vicepresidente Fernando de Rosa Torner. «De hecho, quienes participaron en esa mesa redonda como Ponentes fueron dos miembros del Tribunal Superior de Justicia de Murcia, que sorprendentemente ganó meses después uno de los accésits al Premio a la Calidad de la Justicia, organizado esta vez por el propio CGPJ, también por primera vez de la mano de Fernando de Rosa Torner”, sigue diciendo la denuncia.

Como ya ha publicado Diario 16, el entonces presidente del Tribunal Superior de Justicia de Murcia, Juan Martínez Moya, y que ahora ha sido uno de los vocales de la polémica Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) del día 16 de agosto pasado —que concedió el controvertido amparo a Pablo Llarena—, es también ahora objeto de polémica al haber sido denunciado también por usurpar los derechos de propiedad intelectual sobre una idea que varios magistrados presentaron en un concurso organizado precisamente por el órgano de gobierno de los jueces.

Nuevos Horizontes del Poder Judicial

La enviada a la UDEF continúa afirmando que «la segunda jornada del Foro Jurídico patrocinado por AUSBANC se celebró en Madrid el día 18 de julio de 2010 bajo el lema Nuevos Horizontes del Poder Judicial: Reforma del CGPJ y Modernización de la Justicia».  Tanto el acto inaugural como el de clausura corrieron a cargo de dos vocales del CGPJ que, además eran miembros de su Comisión Permanente, Margarita Robles Fernández y Manuel Almenar Belenguer. «La sensación que tenían todos los Jueces de España era que esas jornadas estaban organizadas o al menos bendecidas por el propio CGPJ, que era además quien, a través de su Comisión Permanente autorizaba a asistir a ellas con todos los gastos pagados, poniendo además un sustituto. Por esa razón —sigue diciendo la denuncia— no se comprende por qué ahora se niega el CGPJ a que se investigue su participación en la organización de esos Foros Jurídicos si, como resulta del sumario del Caso Nelson, pueden estar relacionados con la extorsión que supuestamente se llevó a cabo desde Ausbanc y con el posible blanqueo de capitales».

Con independencia de que los vocales del CGPJ tuvieran conocimiento o no de las posibles actividades ilícitas de Ausbanc, es lo cierto que con su participación y actuación institucional dieron la apariencia de que las Jornadas estaban organizadas y bendecidas por ese órgano Constitucional, y aunque se tratase solo de un terrible error los ciudadanos se merecen una explicación.

SANTANDER CONSPIRÓ JUNTO CON AUSBANC EN PERJUICIO DE LOS DEUDORES HIPOTECARIOS DE TODA ESPAÑA

 

[15] Pablo Llarena manipuló el número de identificación de la causa del Procés

Por  Juez Fernando Presencia

Artículo publicado el 22 de octubre de 2018 en
 

 

El número de identificación de la causa del Procés es el mismo que el del registro general de entrada de asuntos, lo que está expresamente prohibido en el Reglamento de Aspectos Accesorios de la Administración de Justicia.

En el Reglamento de Aspectos Accesorios de la Administración de Justicia se establece claramente que a cada procedimiento judicial se le asignará un  número de identificación que permita distinguirlo de los demás de su misma clase que sea además diferente del número general de registro, todo ello con la finalidad de que los interesados puedan comprobar el cumplimiento de las normas de reparto y asignación de ponencias por parte del órgano judicial.

Sin embargo, el número de identificación que consta en los autos de Pablo Llarena para la causa especial del Procés es el mismo que correspondió al registro general de entrada de asuntos,  el 20.907/2017, lo que a la vista del citado Reglamento es tanto como decir que en el año 2017 entraron hasta ese momento en la Sala 2ª del Tribunal Supremo 20.906 causas especiales, lo que es rotundamente falso.

En el año 2017, según los datos a los que ha tenido acceso Diario 16, se incoaron solo 15 causas especiales contra aforados en el Tribunal Supremo de las que únicamente 4 fueron admitidas a trámite.

La primera de ellas fue el procedimiento abierto al diputado de Unidos Podemos y ex sindicalista Diego Cañamero, en febrero de ese año, por supuestamente presionar a los empleados de la finca sevillana de La Rinconada para que fueran a la huelga en 2011. En este procedimiento se nombró instructor a Andrés Martínez Arrieta.

La segunda causa especial fue abierta el 28 de septiembre de ese año a Pilar Barreiro, senadora del PP y ex alcaldesa de Cartagena (Murcia), en relación con un supuesto pago con dinero público de sus campañas de imagen. La Sala designó instructora de esta causa a la magistrada Ana María Ferrer García.

El tercer procedimiento fue admitido a trámite de forma meteórica en un solo día, el 31 de octubre de 2017, cuando la querella de la fiscalía se presentó ante el Tribunal Supremo apenas veinticuatro horas antes. Se trataba naturalmente de la causa del Procés, en la que fue nombrado instructor Pablo Llarena Conde.

En consecuencia la causa del Procés debería haber llevado como número de identificación la Causa especial 3/2017 y no  la 20.907/2017.

El cuarto procedimiento fue el segundo abierto a Diego Cañamero ese año 2017, esta vez por su participación en la huelga del servicio de basuras en El Coronil (Sevilla) en 2013. El Magistrado instructor designado fue Antonio del Moral García.

Es evidente que Pablo Llarena manipuló el número de identificación de la causa del Procés, y lo hizo como medio de ocultación para que resultara imposible, o muy difícil, comprobar luego el cumplimiento de las normas de reparto y asignación de ponencias por parte del órgano judicial.

Las Normas de reparto de la Sala 2ª del Tribunal Supremo previenen un turno riguroso de antigüedad para la designación del magistrado instructor en las causas contra aforados.

En el año 2017 el orden de antigüedad de los magistrados integrantes de la Sala 2ª del Tribunal Supremo era el siguiente:

  • Andrés Martínez Arrieta.
  • Julián Artemio Sánchez Melgar.
  • Miguel Colmenero Menéndez de Luarca.
  • Francisco Monterde Ferrer.
  • Juan Ramón Berdugo Gómez de la Torre.
  • Luciano Várela Castro.
  • Alberto Gumersindo Jorge Barreiro.
  • Antonio del Moral García.
  • Andrés Palomo del Arco.
  • Ana María Ferrer García.
  • Pablo Llarena Conde.

 

Como se puede comprobar fácilmente, el turno de antigüedad sí que se observó en el nombramiento del primero de la lista, Andrés Martínez Arrieta, como magistrado instructor de la primera de las causas contra Diego Cañamero en febrero de 2017.

Sin embargo la cosa empezó a torcerse con el nombramiento en septiembre de 2017 de Ana María Ferrer García –pasando del primero a la antepenúltima de la lista de candidatos disponibles–  como magistrada instructora de la causa abierta  contra la senadora del Partido Popular Pilar Barreiro.

El asunto de las designaciones siguió torciéndose con el nombramiento de Pablo Llarena en la causa del Procés ya que era el más inexperto de todos los componentes de la Sala 2ª del Tribunal Supremo y por tanto el último de la lista de todos los magistrados disponibles. Sin embargo, el presidente de la Sala, Manuel Marchena, permitió su designación como juez instructor en la causa que ha procurado la crisis política más grave de toda la historia de nuestra democracia reciente.

Para rematar las anomalías en la segunda causa contra Diego Cañamero se nombró a Antonio del Moral García cuando delante de él había 6 magistrados más.

Está claro entonces que el turno de antigüedad dejó de observarse cuando ya parecía evidente que la Fiscalía General del Estado iba a presentar la querella por los hechos del 1 de octubre, y que el preferido por Manuel Marchena para ser investido magistrado instructor de la causa del Procés iba a ser Pablo Llarena Conde.

Por esa razón la nota de prensa del Consejo General del Poder Judicial avisando de la imputación a Pilar Barreiro, y del nombramiento de Ana María Ferrer García para justificar después el nombramiento del siguiente en la lista Pablo Llarena, era del 17 de octubre – y por tanto de fecha bastante posterior al 1 de octubre– , lo que parece indicar que la fecha del 28 de septiembre (tan solo 2 días hábiles antes del referéndum) que se le puso al Auto de admisión a trámite de las diligencias previas estaba falsificada.

A partir de esta falsedad se comprende entonces la prevaricación en la que consistió luego el nombramiento de Pablo Llarena como magistrado instructor de la causa del Procés.

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[16] Los manejos para que Pablo Llarena fuera el instructor del Procés

Por  Juez Fernando Presencia

Artículo publicado el 13 de octubre de 2018 en

Las sospechas sobre el nombramiento de Pablo Llarena se extienden ya a todas las causas contra aforados

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