Esclavitud en la España del siglo XXI. Las jornaleras marroquíes del campo de Huelva (5)

Indice – Esclavitud en la España del siglo XXI

Publicado en La Mar de Onuba

Una temporera de Doñana 1998 fue diagnosticada de parotiditis (paperas) el pasado 2 de mayo, pero continuó trabajando en la finca hasta el pasado fin de semana

  • La empresa niega tener conocimiento y asegura que, “seguramente”, la mujer permanece “secuestrada por el SAT”.

  • La enfermedad, que no es grave, pero sí altamente contagiosa, ha podido ser transmitida a decenas de trabajadoras que ya han regresado a Marruecos sin saberlo.

  • La Mar de Onuba ha puesto en conocimiento de las autoridades locales, policiales y sanitarias la información de que dispone .

Según ha podido saber la redacción de La Mar de Onuba, una de las trabajadoras marroquíes contratadas en origen por la empresa Doñana 1998, tuvo que ser atendida de urgencias en el Centro Médico de Almonte el pasado 2 de mayo, aquejada de inflamación y dolor en “ambas glándulas parótidas”,  por lo que el médico que la atendió, que responde a las iniciales ACL (Nº Col. 21**0**4), emitió un juicio clínico de parotiditis (paperas), una enfermedad que no es grave, pero sí altamente contagiosa. Esta revista ha podido confirmar de fuentes sanitarias que el médico, “por las especiales condiciones de la paciente, temporera de la fresa en conviventes (sic) y difícil localización física”, prescribió su inmediato traslado a un centro hospitalario para la realización de los estudios pertinentes, y su aislamiento hasta tener confirmación de su impresión diagnóstica[i], al objeto de evitar que el virus fuera transferido a otras personas.

Sin embargo, según ha asegurado  a esta revista (por medio de intérprete) la afectada, ni se tomaron medidas de aislamiento para evitar posibles contagios, ni se ofreció a la trabajadora tratamiento alguno, sino que fue devuelta al tajo al día siguiente de acudir a los servicios de urgencias y estuvo trabajando hasta el pasado fin de semana.

De hecho, la propia mujer ha desconocido que el médico ACL había dictado una impresión diagnóstica de paperas hasta el día de ayer, miércoles. En estos momentos se encuentra alojada por el Sindicato Andaluz de Trabajadores en una localidad Málaga, en la que permanece tras haber abandonado la finca Doñana 1998 el pasado domingo. La temporera asegura haber huido de la explotación de Almonte para evitar que los responsables de la misma le obligaran a volver a Marruecos con el objetivo, según su relato, de evitar que ratifique ante las autoridades judiciales y los Inspectores de trabajo sendas denuncias presentadas ante la Guardia Civil y la propia Inspección.

Ha sido al manifestar en el día de ayer encontrarse “mala” cuando se ha sabido que fue atendida de urgencia el 2 de mayo, y el juicio clínico de paperas dictaminado por ACL. La mujer mostró a los abogados el parte médico y fueron estos los que, alarmados, decidieron llevarla de inmediato a un hospital de Málaga, en el que ha sido atendida esta misma mañana.

Tras una revisión, le ha sido detectada una fuerte infección de oído como causa de su actual estado de malestar, y se ha descartado que, habiendo pasado más de 28 días desde la impresión diagnóstica de paperas la afectada pudiera seguir siendo potencialmente contagiosa, ya que las personas con paperas lo son especialmente durante el período de tiempo comprendido entre varios días antes de la aparición de los síntomas y unos seis días después de su desaparición. El período de incubación de las paperas es de dos semanas. Tras el contagio, el aumento del tamaño de las glándulas alcanza su máximo volumen en dos o tres días. A partir del tercer día, o en un máximo de una semana, la enfermedad suele remitir sin dejar secuelas.

No obstante, las personas que están infectadas por el virus de las paperas pero no presentan síntomas, también pueden contagiar la enfermedad, por lo que, según fuentes médicas consultadas por La Mar de Onuba, es altamente probable que las personas que hayan estado en contacto con esta trabajadora hayan contraído o transmitido el virus a otras.

La parotiditis, popularmente denominada paperas, es una enfermedad contagiosa que puede ser aguda o crónica, localizada fundamentalmente en una o ambas glándulas parótidas, que son glándulas salivales mayores ubicadas detrás de las ramas ascendentes de la mandíbula.

El virus que causa la parotiditis pertenece a la familia Paramyxoviridae, y se agrupa dentro del género Rubulavirus. El virus  se encuentra en las secreciones respiratorias de los enfermos y se transmite por las gotitas de saliva que expulsan al hablar, al toser o al estornudar.

Las fuentes consultadas por esta revista descartan, en cualquier caso  que haya motivos para una alarma médica, pues las paperas son una enfermedad muy común en países como Marruecos, y no reviste especial gravedad para los afectados.

Aún así, consideran “muy irresponsable” que no se procediera a realizar las pruebas diagnósticas recomendadas por el médico ACL, ya que,  aunque por el perfil de la afectada, mujer de origen marroquí, el juicio clínico suele ser certero en un elevado porcentaje de los casos, es necesario descartar otras patologías, como podría ser, por ejemplo,  una mastoiditis, una enfermedad de mayor gravedad y que también es contagiosa. Ante los primeros síntomas de la mastoiditis, se debe contactar inmediatamente a un especialista en otorrinolaringología, pues, si deviniera complicaciones, estas podrían causar serios problemas de salud y, solo en “casos raros”, un desenlace fatal.

LA EMPRESA NIEGA TENER CONOCIMIENTO Y ASEGURA QUE LA TRABAJADORA “SEGURAMENTE” PERMANECE “SECUESTRADA POR EL SAT”

La Mar de Onuba ha contactado este miércoles con la empresa Doñana 1998, en la que un portavoz ha asegurado no tener conocimiento del caso, y no saber siquiera sobre qué trabajadora se le estaba preguntando.

El mismo portavoz afirma que de haber tenido conocimiento de que la trabajara se encontraba mal, hubiese recibido atención inmediata, ya que Doñana 1998 mantiene un “compromiso humano” con sus trabajadores porque es una “empresa humanista”.

La empresa asegura también que cuando un trabajador de la empresa notifica que está enfermo “cogemos un medio de transporte y lo llevamos al hospital”, pero que una vez que la persona entra en la consulta lo que ocurre dentro de la misma escapa a su conocimiento, ya que es “absolutamente confidencial porque hay un tema que se llama protección de datos” (sic), pero que si hay casos de enfermedades contagiosas se toman las medidas pertinentes de aislamiento y protección de todos los trabajadores.

La trabajadora diagnosticada de paperas asegura, empero, que cuando acudió a la consulta de Centro de Salud de Almonte iba acompañada por otra empleada de la empresa, ya que no habla español y precisaba de intérprete. Toda la información sobre la exploración realizada por el médico y su impresión diagnóstica, según la mujer, fue transmitida a esta compañera, por lo que solo caben dos posibilidades. O bien la empresa sí tenía conocimiento de las indicaciones y precauciones recomendadas por el médico ACL, o la compañera que hizo de interprete decidió por su cuenta y riesgo ocultar una información que entrañaba medias de protección para todos los trabajadores de la finca, incluida ella misma.

Preguntados por esta redacción si Doñana 1998 tiene contratados servicios de alguna mutua asistencial, la empresa declinó inicialmente responder, alegando que era también información afectada por la Ley de Protección de Datos. Aunque inmediata después, y tras afirmar “sé que me están grabando” aseguró que sí, que es algo a lo que obliga el Ministerio de Trabajo. Así, a la pregunta de por qué la trabajadora asistió al Centro Médico de Almonte en vez de a la mutua contratada por la empresa, la respuesta fue, literalmente: “Seguramente porque esa trabajadora ha sido secuestrada por el SAT (en referencia al Sindicato Andaluz de Trabajadores”. Tras esa sorprendente aseveración, el interlocutor dio por terminada la conversación abruptamente y colgó el teléfono.


[i] El diagnóstico de impresión, o impresión diagnóstica, no tiene por objetivo determinar el diagnóstico concreto y definitivo, sino que es un medio para encauzar las pruebas diagnósticas posteriores, a realizar ya por el correspondiente especialista, con el objetivo de llegar a un diagnóstico definitivo, que puede confirmar o ser distinto a la impresión diagnóstica.

Esta impresión diagnóstica además, se realiza en un periodo de tiempo muy corto y, muchas veces, con medios limitados, ya que no es exigible que el Servicio de Urgencias cuente con todos los tipos de medios diagnósticos para toda clase de patologías y para todas las especialidades.

La consecuencia de todo lo anterior es que no se puede equiparar la impresión diagnóstica realizada en un Servicio de Urgencias con un diagnóstico definitivo, que solamente podrá alcanzarse por el correspondiente especialista tras realizar, en su caso, nuevas pruebas que confirmen o descarten dicho diagnóstico de impresión.

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