{"id":20,"date":"2015-01-19T16:31:59","date_gmt":"2015-01-19T16:31:59","guid":{"rendered":"http:\/\/puntocritico.com\/ausaj\/index.php\/19\/01\/2015\/convenio-ausaj-plataforma-de-afectados-por-hepatitis-c-hvc\/"},"modified":"2023-05-08T09:24:26","modified_gmt":"2023-05-08T09:24:26","slug":"convenio-ausaj-plataforma-de-afectados-por-hepatitis-c-hvc","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/ausaj.org\/?p=20","title":{"rendered":"Convenio AUSAJ &#8211; Plataforma de Afectados por hepatitis C (HVC)"},"content":{"rendered":"<p style=\"text-align: justify;\"><span style=\"font-family: arial, helvetica, sans-serif; font-size: 14pt;\">Por Acuerdo un\u00e1nime de la Asamblea General Extraordinaria de la Asociaci\u00f3n, celebrada en fecha 1 de septiembre de 2014, de conformidad con lo dispuesto en sus Estatutos y en la Ley, la Asociaci\u00f3n acoge favorablemente la solicitud efectuada por la Plataforma de Afectados por la Hepatitis C, a fin de proporcionar asistencia jur\u00eddica a los afectados de Hepatitis C,<\/span><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><span style=\"font-family: arial, helvetica, sans-serif; font-size: 14pt;\">La Asamblea General de la ASOCIACI\u00d3N DE USUARIOS DE LA ADMINISTRACI\u00d3N DE JUSTICIA \u201cLA JUSTICIA EMANA DEL PUEBLO\u201d (AUSAJ- Asociaci\u00f3n contra la Indefensi\u00f3n), inscrita en el Registro Nacional de Asociaciones, dependiente del Ministerio del Interior, en el Grupo 1, Secci\u00f3n 1, n\u00ba Nacional 592184, ha adoptado el siguiente Acuerdo:<\/span><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><span style=\"line-height: 1.538em; font-family: arial, helvetica, sans-serif; font-size: 14pt;\">\u201cPor Acuerdo un\u00e1nime de la Asamblea General Extraordinaria de la Asociaci\u00f3n, celebrada en fecha 1 de septiembre de 2014, de conformidad con lo dispuesto en sus Estatutos y en la Ley, la Asociaci\u00f3n acoge favorablemente la solicitud efectuada por la Plataforma de Afectados por la Hepatitis C, a fin de proporcionar asistencia jur\u00eddica a los afectados de Hepatitis C, a fin de asumir la Defensa procesal de los afectados en este asunto, de la mayor gravedad, en el que est\u00e1 en juego la vida de cientos de miles de nuestros conciudadanos. Nos referimos a la falta de administraci\u00f3n de f\u00e1rmacos ya existentes y aprobados por las autoridades sanitarias europeas (en especial el compuesto sofosbuvir, comercializado con el nombre de Sovaldi) capaces de curar m\u00e1s del 90 por ciento de los 900.000 casos de Hepatitis C -enfermedad mortal- existentes en Espa\u00f1a. Y especialmente al hecho de que esa actuaci\u00f3n administrativa presuntamente fraudulenta, y que estimamos como Presuntamente constitutiva de miles de Delitos de Homicidio consumados, as\u00ed como de centenares de miles de Delitos de Homicidio en grado de Tentativa, est\u00e1 motivada por circunstancias econ\u00f3mico-financieras, que encubren, presuntamente, un enorme y grav\u00edsimo fraude en materia de sustancias farmac\u00e9uticas y medicamentos, as\u00ed como una Maquinaci\u00f3n para alterar el precio de los f\u00e1rmacos, que produce un enorme quebranto en la econom\u00eda nacional, as\u00ed como un brutal perjuicio para la generalidad de las 900.000 personas afectadas por esta enfermedad en todo el territorio nacional; presunto fraude que afecta a la entera capacidad del Sistema Nacional de Salud para prestar su esencial funci\u00f3n sanitaria.<\/span><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><span style=\"line-height: 1.538em; font-family: arial, helvetica, sans-serif; font-size: 14pt;\">As\u00ed, los objetivos a perseguir son: en primer lugar, conseguir la administraci\u00f3n del f\u00e1rmaco a los enfermos de la forma m\u00e1s r\u00e1pida posible; en segundo lugar, intentar evitar que se produzca un colapso econ\u00f3mico del Sistema Nacional de Salud, investig\u00e1ndose la manera en que se produce la fijaci\u00f3n de precios de los medicamentos -que es lo que constituye la base del fraude del que hablamos. Porque no puede ser que el laboratorio pida por tratamiento sesenta mil euros sin raz\u00f3n justificada aparente y de la misma forma, sin elemento objetivable alguno, la Administraci\u00f3n ofrezca por dicho tratamiento la cantidad de veinticinco mil euros.<\/span><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><span style=\"line-height: 1.538em; font-family: arial, helvetica, sans-serif; font-size: 14pt;\">En este sentido, el art\u00edculo 92 de la Ley 29\/2006, de 26 de julio, de garant\u00edas y uso racional de los medicamentos y productos sanitarios, dispone: \u201c1.- A los efectos de la fijaci\u00f3n de precios, los laboratorios farmac\u00e9uticos deber\u00e1n facilitar al Ministerio de Sanidad y Consumo toda la informaci\u00f3n sobre los aspectos t\u00e9cnicos, econ\u00f3micos y financieros. El Ministerio podr\u00e1 efectuar comprobaciones sobre la informaci\u00f3n facilitada\u201d. Pues bien, en este punto es esencial conocer el estudio econ\u00f3mico-financiero en que descansa la fijaci\u00f3n del precio, y ya anticipamos que tales estudios resultan o bien inexistentes o bien mera apariencia sin sustancia propia, lo que nos lleva a la necesidad de asumir que, entre el torrente de corrupci\u00f3n que se est\u00e1 poniendo de manifiesto en nuestro pa\u00eds d\u00eda tras d\u00eda, brilla con luz propia y singular intensidad el sector m\u00e9dico-farmac\u00e9utico que, insistimos, obtiene la mayor parte de sus enormes beneficios v\u00eda contrataci\u00f3n administrativa; de las Administraciones p\u00fablicas.<\/span><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><span style=\"line-height: 1.538em; font-family: arial, helvetica, sans-serif; font-size: 14pt;\">Sea desde la perspectiva general o p\u00fablica, o como particular o individual, la necesidad del planteamiento de la acci\u00f3n penal surge de la mala o deficiente actuaci\u00f3n administrativa, entendiendo que la cuesti\u00f3n no reside \u00fanicamente en la administraci\u00f3n del f\u00e1rmaco a los pacientes a quienes ha sido prescrito como uso compasivo, sino tambi\u00e9n en sancionar penalmente el presunto fraude y maquinaci\u00f3n para alterar el precio de los f\u00e1rmacos.<\/span><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><span style=\"line-height: 1.538em; font-family: arial, helvetica, sans-serif; font-size: 14pt;\">As\u00ed, hemos de recordar sucintamente que todo parte de la autorizaci\u00f3n de comercializaci\u00f3n v\u00e1lida para toda la Uni\u00f3n Europea que la Comisi\u00f3n Europea emiti\u00f3 el pasado 16 de enero de 2014 para el medicamento \u201cSovaldi\u201d (principio activo sofosbuvir),y ello a partir de un favorable Informe P\u00fablico Europeo de Evaluaci\u00f3n de la Agencia Europea del Medicamento (European Medicines Agency). En dicho Informe se dice que \u201cSovaldi\u201d permite eliminar la infecci\u00f3n sin que el paciente tenga que tomar peginterfer\u00f3n alfa o con ciclos cortos de este medicamento, siendo que en la mayor\u00eda de los casos su uso combinado es con otro tipo de f\u00e1rmacos (ribavirina). El hecho de la eliminaci\u00f3n del virus sin tener que suministrar interfer\u00f3n y de que el f\u00e1rmaco (\u201cSovaldi\u201d) act\u00fae contra los genotipos m\u00e1s comunes del virus de la hepatitis C, convirtieron la noticia de su autorizaci\u00f3n en Europa en un hito hist\u00f3rico y en una fuente de esperanza para cientos de miles de personas.<\/span><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><span style=\"line-height: 1.538em; font-family: arial, helvetica, sans-serif; font-size: 14pt;\">En contra de lo sucedido en otros pa\u00edses de nuestro \u00e1mbito, en Espa\u00f1a s\u00f3lo se ha autorizado un uso compasivo del medicamento (articulo 24 de la Ley 29\/2006, de 26 de julio, de garant\u00edas y uso racional de los medicamentos y productos sanitarios) para tres supuestos (pacientes con hepatitis C cr\u00f3nica que se encuentren en lista de espera para trasplante hep\u00e1tico, trasplantados que presentan recurrencia agresiva de la infecci\u00f3n y alto riesgo de descompensaci\u00f3n o muerte en los doce meses siguientes y cirr\u00f3ticos con riesgo de inminente descompensaci\u00f3n hep\u00e1tica o muerte dentro de los doce meses siguientes). Este uso compasivo se ha aprobado a pesar de que el articulo 9 de la referida Ley 29\/2006 establece la actuaci\u00f3n de oficio de la Agencia Espa\u00f1ola del Medicamento y la incorporaci\u00f3n al Registro de Medicamentos de las autorizaciones otorgadas por la Comisi\u00f3n Europea conforme al Reglamento 726\/2004\/CE, inscripci\u00f3n que resulta constitutiva. Igualmente se puede observar un tratamiento desigual en el Sistema Nacional de Salud, discriminatorio, entre los ciudadanos, seg\u00fan sea su Comunidad Aut\u00f3noma de residencia, siendo que algunas de estas est\u00e1n suministrando el tratamiento (v\u00eda importaci\u00f3n) y otras no ; desigualdad que va en contra tanto de nuestra Constituci\u00f3n como de la normativa espec\u00edfica en la materia.<\/span><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><span style=\"line-height: 1.538em; font-family: arial, helvetica, sans-serif; font-size: 14pt;\">Por su lado, hemos podido contemplar con perplejidad como existe un claro mercadeo en la fijaci\u00f3n de precios de los medicamentos, y en concreto en el supuesto que nos ocupa. Han existido diferentes ofertas y contraofertas por parte de la Administraci\u00f3n y el laboratorio en cuesti\u00f3n, sin que exista o as\u00ed lo parece un estudio econ\u00f3mico serio y basado en razones objetivas y de respeto al servicio p\u00fablico y que han ido postergando, impidiendo la suministraci\u00f3n comercial y generalizada del medicamento con las grav\u00edsimas consecuencias para la vida y la salud que se derivan de ello. A esto se une el hecho de que mientras se est\u00e1 privando a los enfermos de la administraci\u00f3n de sofosbuvir, se les est\u00e1n administrando otros tratamientos, igualmente de alto coste, con peores resultados terap\u00e9uticos (siendo de especial consideraci\u00f3n el grave da\u00f1o causado por la administraci\u00f3n combinada de interfer\u00f3n, incompatible en gran n\u00famero de enfermos).<\/span><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><span style=\"line-height: 1.538em; font-family: arial, helvetica, sans-serif; font-size: 14pt;\">Como anticip\u00e1bamos m\u00e1s arriba, a la hora de ejercitar la acci\u00f3n penal hemos de partir de la distinci\u00f3n entre Plataforma de Afectados y perjudicados individualmente considerados. En el primer caso, el ejercicio de la acci\u00f3n penal se realiza a trav\u00e9s de la figura de la acusaci\u00f3n popular, reconocida tanto en nuestra Constituci\u00f3n como en la ley procesal, en la que no se requiere la condici\u00f3n de perjudicado u ofendido por el delito concreto, pues la acci\u00f3n penal es p\u00fablica (articulo 125 CE y art\u00edculos 101 y 270 Ley de Enjuiciamiento Criminal). Esta particular figura exige para el ejercicio de la acci\u00f3n penal y su personamiento en autos la interposici\u00f3n de Querella, con Abogado y Procurador designados al efecto, y la prestaci\u00f3n de fianza fijada prudencialmente por el \u00f3rgano judicial (y susceptible de recurso en caso de discrepancia con la cuant\u00eda, que nunca deber\u00eda ser impeditiva del ejercicio efectivo de la acci\u00f3n).<\/span><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><span style=\"line-height: 1.538em; font-family: arial, helvetica, sans-serif; font-size: 14pt;\">Los particulares, cada uno de los afectados, los cuales hemos de considerar perjudicados u ofendidos por el delito (art\u00edculos 109 y siguientes y concordantes de la Ley de Enjuiciamiento Criminal), se personar\u00e1n, si as\u00ed es su voluntad, conforme se patentice tal condici\u00f3n de perjudicado\u201d.<\/span><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><span style=\"font-family: arial, helvetica, sans-serif; font-size: 14pt;\">\u00a0<\/span><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><span style=\"line-height: 1.538em; font-family: arial, helvetica, sans-serif; font-size: 14pt;\">Es en atenci\u00f3n a cuanto ha quedado expuesto, que se produce el Acuerdo de la Asamblea General de AUSAJ a que se refiere el presente Comunicado.<\/span><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><span style=\"font-family: arial, helvetica, sans-serif; font-size: 14pt;\">\u00a0<\/span><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><span style=\"line-height: 1.538em; font-family: arial, helvetica, sans-serif; font-size: 14pt;\">Fdo. D. Jes\u00fas D\u00edaz Formoso<\/span><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><span style=\"font-family: arial, helvetica, sans-serif; font-size: 14pt;\">Presidente de AUSAJ<\/span><\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<div class=\"mh-excerpt\"><p>Por Acuerdo un\u00e1nime de la Asamblea General Extraordinaria de la Asociaci\u00f3n, celebrada en fecha 1 de septiembre de 2014, de conformidad con lo dispuesto en sus Estatutos y en la Ley, la Asociaci\u00f3n acoge favorablemente <a class=\"mh-excerpt-more\" href=\"https:\/\/ausaj.org\/?p=20\" title=\"Convenio AUSAJ &#8211; Plataforma de Afectados por hepatitis C (HVC)\">[&#8230;]<\/a><\/p>\n<\/div>","protected":false},"author":1,"featured_media":0,"comment_status":"closed","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"_exactmetrics_skip_tracking":false,"_exactmetrics_sitenote_active":false,"_exactmetrics_sitenote_note":"","_exactmetrics_sitenote_category":0,"footnotes":""},"categories":[3],"tags":[],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/ausaj.org\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts\/20"}],"collection":[{"href":"https:\/\/ausaj.org\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/ausaj.org\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/ausaj.org\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/users\/1"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/ausaj.org\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fcomments&post=20"}],"version-history":[{"count":2,"href":"https:\/\/ausaj.org\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts\/20\/revisions"}],"predecessor-version":[{"id":122,"href":"https:\/\/ausaj.org\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts\/20\/revisions\/122"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/ausaj.org\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fmedia&parent=20"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/ausaj.org\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fcategories&post=20"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/ausaj.org\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Ftags&post=20"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}